El uso del email en el trabajo es una realidad cotidiana. Aunque muchas veces se da por sentado que se puede utilizar el correo electrónico para comunicaciones privadas, lo cierto es que los medios que lo permiten (ordenador, conexión a Internet, electricidad…) son recursos de la empresa.
¿Dónde está la línea entre privacidad y control empresarial según la LOPD?
Estas dos circunstancias, el ámbito laboral y el uso del email, son los puntos clave para buscar el marco legal que aclare o solucione situaciones donde es difícil determinar cómo conciliar el derecho del trabajador a su privacidad y el derecho del empresario a vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones que tiene el trabajador.
Normativa de referencia: las leyes LSSICE, LOPD y el Estatuto de los Trabajadores
Según el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 20.3, el empresario puede ejercer su derecho de vigilancia y control para verificar que el trabajador cumple con las obligaciones asumidas contractualmente. Sin embargo, también se debe tener en cuenta lo que dice la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) al respecto.
Como el email forma parte de los medios de la empresa, deberá ser utilizado con fines exclusivamente profesionales. De manera que, sin esa comunicación previa, la empresa estaría incurriendo en una extralimitación de sus funciones al controlar los emails de sus trabajadores.
Además, existe jurisprudencia en la que se reconoce que si el uso del email para fines personales se hace en los periodos de descanso, estaría permitido siempre que no suponga un perjuicio a la empresa.
Por otro lado, el rastreo de información personal en el email profesional o en el ordenador empleado en el trabajo tiene un límite.
El derecho sobre nuevas tecnologias en el ámbito laboral
La introducción de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral ha supuesto una profunda transformación en la organización, la producción y la gestión empresarial. La tecnología informática permite una forma de comunicación instantánea. Además, es muy fácil pasar del uso profesional al privado.
Esto es, precisamente, lo que puede generar situaciones en las que resulte difícil establecer un límite nítido entre control empresarial y los derechos de libertad e intimidad de los trabajadores.
Ante esta situación y la falta de un desarrollo jurídico específico en el cuerpo legal español, la consultoría sobre protección de datos se ha convertido en una herramienta muy útil a la hora de implantar en los procesos empresariales mecanismos que garanticen la confidencialidad de la información y la organización eficiente del trabajo, respetando los derechos y libertades de las personas.
Una asesoría legal sobre la aplicación práctica de la LOPD o la LSSICE puede evitar conflictos y pérdida de tiempo.
Fuentes: equalprotecciondedatos.com, cincodias.com
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