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¿En qué consiste la nueva Ley de Secretos Empresariales?

La protección de la información empresarial se ha convertido en un tema especialmente relevante para las organizaciones. Ninguna empresa quiere que ni su propiedad industrial ni la intelectual puedan ser copiadas por la competencia, de ahí la importancia de proteger la información sensible.

Ley de secretos empresariales nos habilita la herramienta de protección de esta información.

Nueva ley de 2019

La publicación de la Ley de Secretos Empresariales (Ley 1/2019, de 20 de febrero LSE) se encarga de definir el concepto de Secreto Empresarial y aporta medidas para evitar que esta información se vea vulnerada.

La aprobación de esta ley en el ordenamiento jurídico español se debe a la necesidad de adaptar a la legislación española la Directiva europea 201/943, centrada en la protección de la competitividad de las empresas europeas desde el punto de vista del “saber hacer”.

Supone una auténtica novedad, puesto que hasta el momento no existía una única norma que regulara estos temas. Convivían diferentes medidas de protección de la propiedad industrial y la propiedad intelectual repartidas en varias normas.

¿Qué es un secreto empresarial?

Según la Ley de Secretos Empresariales, no existe un concepto único y totalmente delimitado de secreto empresarial. En realidad, dentro de este término se engloba cualquier información o conocimiento (científico, técnico, industrial, financiero, etc.) que cumpla tres condiciones básicas:

– Que sea secreto.

– Que tenga valor para la organización.

– Que la propia empresa haya tomado medidas de protección que sean razonables para evitar que otros puedan acceder a esa información o conocimiento.

Esto implica que dentro de la categoría de secretos empresariales haya cuestiones tan diversas como la fórmula para elaborar una crema hidratante, las estrategias de marketing o el listado de clientes.

Aspectos más destacables de la Ley de secretos empresariales

Su principal característica es que no establece el tipo de medidas que deben adoptar las empresas. La norma deja libertad a las organizaciones a la hora de llevar a cabo las acciones que sean necesarias para proteger el secreto, partiendo de la base de que todas ellas deben ser razonables.

Por otro lado, la protección se establece tanto frente a terceros como frente a los propios empleados. De esta forma, se intenta minimizar el número de casos de espionaje industrial.

En la práctica, una de las medidas más habituales para mantener el secreto de los asuntos empresariales es la firma de acuerdos de confidencialidad entre la empresa y sus trabajadores, sus proveedores u otras personas físicas y/o jurídicas con las que deba colaborar.

Dichos acuerdos suelen establecer también a qué tipo de información se puede acceder y cómo será la forma de acceso.

Pero existen otras medidas que también se pueden tomar, entre las más habituales están:

– Restricción del acceso a determinados lugares de la empresa a un grupo concreto de personas.

– Crear nuevas políticas de gestión de soportes de datos.

– Medidas de ciberseguridad.

– Políticas para la elaboración de copias de seguridad.

– Definir los procesos de envío de información a través de canales de telecomunicaciones.

Aunque las empresas son libres a la hora de establecer las medidas de protección, no pueden ser nunca un obstáculo para la autonomía de los interlocutores sociales. Tampoco para la negociación colectiva ni para la movilidad de los empleados.

Más allá de las medidas, la formación a los trabajadores y la realización periódica de auditorías y revisiones son también acciones que reducen el riesgo de vulneración de los secretos empresariales.

Defensa del secreto empresarial ante juzgados y tribunales

A pesar de las medidas adoptadas, es posible que en algún momento se produzca una vulneración del secreto empresarial, surgiendo entonces el derecho de la empresa para tomar medidas legales.

El plazo para ejercitar la acción judicial prescribe a los tres años desde que se tiene conocimiento de la violación del secreto.

Acciones de defensa

El afectado puede pedir a los tribunales:

– Que declare la violación del secreto empresarial.

– Que ordene el cese de las conductas constitutivas de la infracción.

– La prohibición de fabricación, comercialización o uso de los productos o de la información obtenida.

– Captura de las mercancías infractoras.

– Entrega al demandante de todos aquellos soportes, documentos y ficheros que contengan los datos sensibles.

– Asignación al demandante de la propiedad de las mercancías relacionadas con la infracción.

– Una indemnización por daños y perjuicios.

– Publicación de la sentencia con la debida protección del secreto empresarial.

Medidas cautelares

Partiendo de la base de que muchas veces los procesos judiciales se alargan en el tiempo, la Ley de secretos empresariales establece además una serie de medidas cautelares que puede pedir el afectado.

Las más habituales son la prohibición para el demandado de revelar o usar el secreto empresarial, así como de comercializar, elaborar o usar las mercancías infractoras. También se suele acordar la retención y depósito de dichas mercancías e incluso se puede dar un embargo de bienes de forma preventiva.

¿Qué ocurre con la información secreta durante el proceso judicial?

Los procesos judiciales son públicos, lo que supone un riesgo para el secreto empresarial. Por eso, en estos casos la norma establece que tanto durante como después del proceso los participantes tendrán prohibido revelar o usar la información confidencial a la que tengan acceso.

También se puede acotar el número de personas con acceso a esa información e incluso eliminar los datos considerados secretos de la sentencia que se dicte con posterioridad, ya que la misma ha de publicarse en el BOE.

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