La protección de datos en eventos está dando mucho de qué hablar. Con el auge de la tecnología y de las redes sociales, vivimos en una continua creación de reportajes de nuestras vidas. El problema surge cuando ese reportaje se realiza en un evento y se pretende subir las fotos a la red. ¿Qué ocurre cuando hay tantas personas involucradas? ¿Es necesario pedir permiso?
Comuniones, bodas y bautizos a la vista: ¿puedes subir las fotos de los invitados a la red?
La respuesta es afirmativa, pero con requisitos. Aunque puedes subir las fotos de tu boda a la red, hay ciertas condiciones básicas que hasta ahora pocas veces se han cumplido. La primera y más importante de todas es que cuentes con el consentimiento expreso de las personas que aparezcan en dichas fotos.
Este requisito cobra especial relevancia en el caso de los menores de edad. De hecho, si aparece en la foto una persona menor de catorce años, deberás disponer también del consentimiento de quien ostente su patria potestad o su tutela. También deberás adelantar cierta información de forma previa a la captación de las imágenes. Por ejemplo, los lugares en los que se publicarán las imágenes, quiénes podrán acceder a las mismas y su nivel de accesibilidad.
¿Necesito consentimiento de mis invitados?
La respuesta es que sí. Como comentábamos, el consentimiento debe ser expreso e inequívoco y, además, deberás haber informado antes sobre su accesibilidad. En el caso de que subas las fotos sin consentimiento, tus invitados podrían denunciarlas. Además, es muy común el caso de que en este tipo de eventos se contrate a un fotógrafo. Aunque así sea y haya un contrato de por medio, el fotógrafo no tendrá derecho a publicar fotos de los demás invitados. Debemos informarles de ello y solicitar su consentimiento.
¿Qué ocurre si otras personas suben fotos y vídeos en los que aparecen otros invitados sin consentimiento?
Aunque a ti no te perjudicaría si tú has dado el consentimiento para aparecer, la otra persona podría estar llegando a cometer un delito contra la privacidad tipificado en el Código Penal. Este delito tiene su base en la publicación de fotos sin consentimiento y puede llegar a vulnerar la intimidad de terceros. No obstante, esos otros invitados podrán solicitar que se borre la foto, denunciarla en la red social y, en última instancia, acudir a la vía judicial.
¿Los dueños del establecimiento tienen el permiso de subir fotos de tu celebración?
La respuesta es no sin tu permiso y, en su caso, el de las personas que salgan en las fotos. Además, una particularidad muy importante de este aspecto es que antes se os tendrá que informar sobre la finalidad para la que van a hacerse.
A su vez, no olvides que el RGPD permite ejercer el derecho al olvido y tus derechos al acceso, rectificación, modificación y oposición de los datos si se hubiera dado consentimiento pero más tarde quisiera retirarse.
Protección de datos y eventos
La protección de datos en celebraciones tiene muchos factores clave. Hay varios elementos que debemos destacar para resumir la normativa ante este tipo de situaciones: el consentimiento, la transparencia, la elección individual, las estructuras de seguridad y la respuesta en 72 horas.
En primer lugar, de acuerdo con la normativa, los asistentes al evento deberán dar su consentimiento expreso e inequívoco, no bastando con uno pasivo, para que se almacenen sus datos y, por otro lado, para que se le tomen fotos. Además, si se fueran a publicar en la red también se necesitaría un consentimiento expreso para ello.
Por otro lado, con respecto a la transparencia, cualquier registro de los datos que la organización haya almacenado, incluyendo las fotos, puede ser solicitado por el interesado. La empresa tendrá un plazo de 30 días para presentarlo. Asimismo, el sujeto cuenta con una elección individual. Esto significa que puede pedir que se elimine su consentimiento o sus datos almacenados.
Además, todos los eventos deben contar con ciertas estructuras de seguridad. Esto implica que los sistemas y los procesos que se sigan dentro de la organización del evento deberán tener medidas de seguridad integradas y muy estrictas. Incluso, de acuerdo con la normativa de desarrollo, algunas organizaciones necesitarán un Delegado de Protección de Datos (DPO).
En cuanto a la respuesta de 72 horas, nos referimos a que si se identificase una infracción de la seguridad, tendría que informarse en un plazo de tres días (72 horas) a las autoridades de protección de datos. El incumplimiento de las normas puede conllevar sanciones muy graves que no admiten excepciones para nadie.
En conclusión, la protección de datos en eventos está cobrando mucha importancia debido a que hacemos fotos constantemente y las divulgamos sin pensar en los demás invitados. En tu próxima celebración, ¡asegúrate de tener el consentimiento para hacer las fotos con total libertad!