Las herramientas de mensajería instantánea son muy populares hoy en día. Whatsapp destaca entre todas ellas como una de las más conocidas, usándose, incluso, a nivel profesional. Sin embargo, no siempre se utiliza correctamente y se acaba vulnerando la protección de datos.
Si tienes un negocio y estás pensando en hacer uso de esta app para la comunicación, ten en cuenta que debes actuar con precaución y tener permiso para enviar comunicaciones comerciales. Si el uso que le das a esta herramienta es incorrecto, puedes ser sancionado.
Cuida cómo usas los datos en tu negocio
Es normal que una empresa cuente con una base de datos de sus clientes, pero eso no quiere decir que pueda utilizarlos de la forma que quiera. Para realizar comunicaciones comerciales es absolutamente necesario contar con el consentimiento expreso del receptor de las mismas.
Es decir, si un cliente te ha dado su número de teléfono, pero no te ha habilitado para que le envíes información a través de este canal, no puedes usar mensajería instantánea para ponerle al corriente de ofertas y promociones.
Necesitas permiso para meter a alguien en un grupo de WhatsApp
Usar esta app de comunicación a nivel profesional no tiene nada que ver con hacer uso de ella de forma particular.
El RGPD y la normativa española sobre protección de datos se aplican en todos aquellos casos que están fuera del ámbito doméstico. Entendiendo como ámbito doméstico las relaciones con amigos y familiares.
Puedes meter a un amigo en un grupo de mensajería sin su consentimiento y esto no tendrá efectos legales. Será él quien decida si quiere estar o no en ese grupo. Pero la cosa es diferente cuando se trata de la relación entre una empresa o un profesional autónomo y sus clientes.
Si el negocio tiene un grupo que utiliza para enviar comunicaciones comerciales, no puede añadir libremente en este a los clientes que tiene en su base de datos. De hecho, si lo hace, estará cometiendo una infracción de la normativa de protección de datos.
Un ejemplo de lo caro que puede salir
Recientemente, un club deportivo ha recibido una sanción de 4.000 euros por añadir a un grupo de WhatsApp a una clienta que hacía diez años que no tenía ninguna relación con el establecimiento.
La empresa tenía sus datos guardados y, llegado el momento, decidió añadir a esta persona a un grupo destinado a hacer comunicaciones de tipo comercial sin pedirle permiso para ello.
Para la Agencia Española de Protección de Datos, esto supone una cuádruple infracción. Por añadir a la afectada al grupo, por no contar con su consentimiento expreso para hacerlo, por haber guardado los datos de una excliente durante tanto tiempo y por no haber garantizado debidamente la seguridad de la información durante todo el tiempo que esta ha estado almacenada. Todo ello se salda con una multa por valor de 4.000 euros.
¿Qué hacer ante una situación de este tipo?
Si te ocurre como consumidor que una empresa o un autónomo te mete en un grupo sin tu consentimiento, lo más lógico es que solicites al responsable que no use tus datos indebidamente.
En caso de que esto no funcione, o si consideras que no es suficiente, lo que puedes hacer es interponer una denuncia directamente ante la AEPD.
Tal y como has comprobado, tener el número de teléfono de alguien no implica que se le pueda meter en un grupo de WhatsApp con fines comerciales ni enviársele publicidad sin su consentimiento. Si tienes un negocio, ten esto especialmente en cuenta para no cometer una infracción que pueda derivar en una sanción.