Las cookies están detrás de una gran cantidad de las dudas que se plantean en una consultoría de protección de datos. En ocasiones, debido a que se desconoce qué implica y; otras veces, por el hecho de que se quieren evitar algunas de sus consecuencias consideradas como negativas.
La consultoría de protección de datos informa sobre estos archivos
En efecto, se trata de archivos de texto (de tamaño pequeño) que, al entrar en algunas páginas de Internet, tienden a almacenarse en el navegador, de manera que suministran a determinadas organizaciones información sobre nuestros hábitos en la Red. De este modo, por ejemplo, las empresas obtienen datos de gran valor sobre nuestros comportamientos online, los cuales pueden ser utilizados para modificar o estimular nuestros hábitos de consumo.
Estas informaciones permiten a quienes las poseen, por tanto, llevar a cabo campañas personalizadas de publicidad. Asimismo, pueden llegar a controlar datos que el usuario no desea que sean conocidos, tales como dónde vive, sus contraseñas u otras informaciones identitarias.
Por lo tanto, es normal que surjan iniciativas que persiguen minimizar los efectos negativos para el internauta de estos archivos.
El Derecho de las Nuevas Tecnologías aplicado por la empresa privada
Una de estas iniciativas tendentes a controlar estos efectos perniciosos es la que ha puesto en práctica Apple en su navegador Safari. En este caso, se trata de un auténtico sistema anticookies. Supone una respuesta de esta firma ante los temores que muchos internautas han manifestado acerca de los riesgos que implican para su privacidad. No en vano, esta empresa ya fue una precursora en la implantación del bloqueo por defecto de las provenientes de terceros.
En el citado navegador se ha implementado una función denominada Intelligent Tracking Prevention (ITP), la cual va a contribuir a privatizar la navegación. En este sentido, la función no va a interferir en la realización de un seguimiento legítimo ni va a bloquear los anuncios. Constituye, por consiguiente, una función opcional, ya que los seguimientos se podrán seguir realizando con normalidad, pero con una limitación de rastreo. Se evitan, de esta manera, los rastreos prolongados y otras malas prácticas.
Un control más sofisticado que el asociado a la LOPD y LSSICE
Por otra parte, hay que destacar que la implantación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el cual será totalmente aplicable a partir de mayo de 2018, también conlleva una mayor exigencia en la política de estos archivos de las páginas web.
Si con anterioridad bastaba con el consentimiento tácito del internauta para que las cookies comenzaran a generar sus efectos, ahora se solicitará un asentimiento explícito e inequívoco. Asimismo, en el marco del derecho al olvido que reconoce el RGPD, cabe la posibilidad de exigir la eliminación de estos datos de navegación concretos. El usuario, por su parte, también puede poner en marcha su eliminación cuando borre el historial de navegación y estos archivos, lo cual evita los efectos más perversos.
En conclusión, Apple pone a disposición del internauta una útil herramienta para reducir los inconvenientes de las cookies.