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Temas de consultoría de protección de datos: el derecho al olvido

El Derecho de las Nuevas Tecnologías y cualquier consultoría de protección de datos se enfrentan diariamente a numerosos conflictos relativos al manejo de la información en los medios digitales. El derecho al olvido también tiene incidencia en ellos.

No en vano, no deja de ser la manifestación, en Internet, de derechos recogidos por la LOPD, tales como los de oposición y cancelación. La LSSICE, normativa muy relacionada con la actividad de los e-commerce, también tiene implicaciones en estas problemáticas.

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Por tanto, conviene conocer las condiciones en las que puede ser ejercido el derecho al olvido en la Red:

1. En primer lugar, hay que comprobar si las publicaciones en Internet se ajustan a la ley y analizar su relevancia u obsolescencia.

2. Por otro lado, cabe la posibilidad de denunciar directamente al motor de búsqueda, en lugar de a la fuente original.

3. Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 13 de mayo de 2014, relativa al tratamiento de datos por parte de los buscadores de Internet, señala que la información deberá desaparecer solo en los rastreos que se realicen mediante la inserción del nombre del perjudicado.

4. En caso de que los responsables de los motores de búsqueda hagan caso omiso a las reclamaciones del usuario (el cual suele tener a su disposición en dichos buscadores formularios a estos efectos) o emitan una respuesta insatisfactoria, cabe la posibilidad de pedir la tutela del derecho al olvido a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

5. Por último, hay que reseñar que el derecho al olvido y el derecho a recibir información no tienen la condición de absolutos, de manera que resultará habitual su confrontación y habrá que ponderar la protección de intereses según cada caso particular.

En definitiva, la garantía de estos derechos resulta fundamental, por lo que es básico tener nociones sobre las cuestiones normativas esgrimidas.

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