Las alarmas de la AEMET llevan varias semanas siendo objeto de controversia. Durante la DANA que descargó con intensidad sobre Madrid, los ciudadanos recibieron una notificación de emergencia en sus teléfonos móviles. Este sistema —que, contrario a lo que se dice— ya había sido empleado antes, ha suscitado dudas acerca de su legalidad. Desde Gesprodat te las aclaramos.
Alarma en Madrid por la DANA, así sucedió todo
Durante la potente borrasca que atravesó la península, la Comunidad de Madrid recibió la peor parte. Las previsiones adelantaban una acumulación masiva de precipitaciones que, conforme fueron pasando las horas, se concentraron aún más. El sábado por la mañana, los modelos probabilísticos ya advertían de lluvias torrenciales (más de 100 litros por metro cuadrado en una hora).
Como resultado, la AEMET se vio obligada a activar el sistema Es-Alert, también denominado 112 inverso. Este medio forma parte de la red de Protección Civil, tanto en España como en la Unión Europea, y su objetivo es informar sobre la inminencia de un fenómeno de extrema gravedad para la ciudadanía. Para ello, Es-Alert está distribuido en tres grados:
- Nivel 1. Notificación de una emergencia y sobre lo que se debe hacer.
- Nivel 2. Consejos ante una situación adversa de menor gravedad.
- Nivel 3. Petición de colaboración a la ciudadanía ante una catástrofe.
En el caso que nos ocupa, ese día saltaron las alarmas en los teléfonos móviles de toda la comunidad autónoma. Como es lógico, la sociedad llegó a mostrar conductas de alarma, y rápidamente se convirtió en tema de conversación. Al fin y al cabo, este sistema se había empleado en muy pocas ocasiones, dos de ellas, los últimos incendios forestales de La Palma y Tenerife.
¿Fue legal hacer sonar las alarmas de la AEMET?
Organizaciones como FACUA han comunicado que están recibiendo denuncias de usuarios que consideran que su información personal fue empleada de forma ilegal bajo estas circunstancias. Sin embargo, desde las instituciones públicas y también desde la propia entidad afirman que este sistema salvó vidas, y que en ningún momento infringió la ley de protección de datos.
Es cierto que el aviso tiene carácter localizado, ya que puede programarse para que se exponga en los teléfonos móviles de una determinada comunidad autónoma o localidad. No obstante, el acceso a los datos personales de los usuarios no es necesario para ello, ni siquiera su número. Funciona simplemente a través de las antenas de telefonía, motivo por el que puede saltar incluso si internet está desactivado.
Durante su funcionamiento, se emite las alertas de emergencia, que son desactivadas por los receptores desde que la leen y pulsan en el mensaje. Es decir, no se obtienen registros ni se almacenan datos sobre los terminales a los que llegó. Por tanto, no hay incumplimiento alguno de la legislación. En resumen, el aviso fue legal y estandarizado a todas luces.
Respecto al susto inicial, el motivo está en el sonido que emiten, bastante superior al que los smartphones suelen producir. Esta alarma contiene una descripción sobre el suceso que es inminente, su ámbito geográfico y su duración. También indica qué se debe hacer y qué no.
Como ves, las alarmas de la AEMET no pusieron en compromiso la privacidad de los usuarios en ningún momento. Es comprensible la indignación por el miedo causado, pero fue una alerta controlada y sistematizada. Como ciudadanos, debemos estar coordinados y preparados en este tipo de emergencias, como se hizo en esta ocasión.