La desconexión digital es un derecho de los trabajadores

¿Qué es un plan de desconexión digital en las empresas?

La LOPDGDD señala en su artículo 88.3 la obligación de las empresas de establecer un plan de desconexión digital para adaptarse a la RGPD. De hecho, durante todo este precepto, determina que la desconexión digital es un derecho laboral que debe ser respetado por todos. Consiste en la potestad legítima a estar liberado de cualquier tema de trabajo durante los periodos de descanso, fuera del horario laboral y las vacaciones. En Gesprodat, queremos contarte en qué consisten estos protocolos.

¿Qué es un plan de desconexión digital?

A tenor de la LOPDGDD, es la implementación de una política interna que englobe a todo el personal, incluido el directivo. En ella, los empleadores deben fijar las modalidades del ejercicio de este derecho, así como planes de formación sobre el uso de la tecnología. También especifica la protección de este derecho cuando el empleado efectúe el trabajo a distancia de manera parcial o total. Para elaborar estos protocolos, los empresarios deben dar audiencia a la representación legal.

¿Se cumple en España?

A pesar de que este precepto lleva activo en nuestro país cinco años, las cifras sobre su cumplimiento dejan mucho que desear. Así, según el informe de Infojobs «Desconexión digital», el 72 % de los trabajadores responden a correos electrónicos o a llamadas fuera de su horario laboral. Es más, el 62 % se conecta si es necesario. La razón dominante que subyace detrás de este comportamiento es un sentimiento de obligación. En consecuencia, son los directivos y el personal con responsabilidades los que menos cuidan su derecho a desconexión.

Por otra parte, la mayoría de las empresas no han elaborado su plan de desconexión digital a pesar de ser obligatorio.

¿Qué normativa regula el derecho a desconexión?

Además de la LOPDGDD, lo encontrarás en la Ley de Trabajo a Distancia, concretamente en su artículo 18. También aparece en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué sanciones conlleva su incumplimiento?

Como empresario, puedes ser multado con diferentes cuantías en función de la gravedad de los hechos. Algunas de esas sanciones son:

  • Entre 620 y 7500 € por infracciones graves al no respetar los límites de la jornada laboral. De hecho, la Inspección de Trabajo está multando con 7500 € a autónomos y empresarios que llaman a empleados fuera de su jornada laboral.
  • Hasta 40 895 € por infracciones graves al incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, concretamente, su artículo 16, en el supuesto de que ese comportamiento dañe la salud física o psíquica del empleado.
  • Hasta 187 515 € por infracciones muy graves por vulneración del derecho a la intimidad si el empresario actúa de un modo agresivo al respecto.

¿Qué contenido debe tener un protocolo de desconexión digital?

En general, cuenta con elementos tales como:

  • Calendario laboral.
  • Regulación de las festividades laborales.
  • Horario de la jornada laboral y su distribución a lo largo del año.
  • Permisos laborales y vacaciones retribuidos.
  • Sistema de registro de la jornada: cada empresa puede adoptar el que desee, pero ha de ser fiable e invariable.
  • Régimen de disponibilidad horaria del trabajador respecto a su localización fuera de la jornada laboral si es aplicable.
  • Sistemas de excedencias y de reducción de jornada por corresponsabilidad.
  • Regulación del teletrabajo.
  • Organización de canales éticos para los supuestos de incumplimiento.
  • Inclusión de la desconexión digital dentro del convenio colectivo aplicable.

Por tanto, el plan de desconexión digital de la empresa nos obliga a todos. Su respeto incrementa la productividad, el rendimiento y reduce el burnout. Además, te pueden sancionar si incumples.

 

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