Desde que comenzó el proceso del Brexit las relaciones entre la Unión Europea y Reino Unido no han pasado por su mejor momento. A pesar de que hay temas en los que sigue habiendo mucha fricción, la protección de datos no es uno de ellos. La libre circulación de datos es ya un hecho entre el territorio de la Unión y su ex socio.
El Brexit como riesgo a la protección de datos regulada en el RGPD
Seguro que el Reglamento General de Protección de Datos no te resulta desconocido. Lleva en vigor tres años y ha supuesto una auténtica revolución en lo relativo a la protección de los datos de carácter personal.
Aplicable dentro del ámbito de la Unión Europea, la salida de Reino Unido de esta asociación planteaba un nuevo reto. ¿Cómo gestionar la transmisión de datos entre el ex miembro y el resto de países europeos?
Mientras que en otros asuntos alcanzar un acuerdo ha sido algo más complicado, en lo referente a la libre circulación de datos ha resultado más sencillo establecer un sistema que contente a todas las partes.
La decisión de la Unión Europea
La Comisión Europea acaba de adoptar una decisión que va a marcar el rumbo en lo que a transferencia de datos personales entre Reino Unido y el territorio de la Unión se refiere.
Una nota de prensa del Ejecutivo Comunitario ha puesto de relieve que, después de un análisis exhaustivo, se ha llegado a la conclusión de que la normativa interna del ex socio europeo sobre tratamiento de datos de carácter personal está al mismo nivel que la protección que garantizan las normas europeas. En consecuencia, se aprueba la libre circulación de datos, puesto que se entiende que estos van a gozar en Reino Unido de una protección equivalente a la que hay en la Unión.
Cláusula de extinción
Si te estás preguntando qué ocurrirá en un futuro si el ex socio europeo decide cambiar su legislación sobre datos personales, te alegrará saber que la Unión Europea también se ha planteado este escenario y ha diseñado una solución a medida.
Existe ahora la conocida como cláusula de extinción que se aplicará en caso de que surjan divergencias entre Londres y Bruselas. El acuerdo de equivalencia va a estar en vigor durante cuatro años. Agotado ese período, se volverá a revisar si el nivel de protección de la información personal sigue siendo equivalente.
Además, si durante la vigencia de ese plazo de cuatro años Reino Unido hiciera cambios en su legislación que pusieran en duda que esa equidad siguiera vigente, Bruselas puede actuar y decidir romper el acuerdo si fuera necesario.
Una decisión que ha tardado en llegar
Desde que el Brexit se hizo efectivo la Unión Europea y Reino Unido tenían un acuerdo provisional sobre el flujo de datos. Acuerdo que vencía el pasado 30 de junio.
Por eso, desde el mes de febrero se han estado llevando a cabo diferentes acciones para tomar la decisión final. Aunque Londres ya expuso que ofrecía una protección equivalente a la europea, la Unión quiso asegurarse y encargó un informe al Comité Europeo de Protección de Datos.
Tras la decisión favorable del Comité y la aceptación de la libre circulación de información personal por parte de los Estados miembros, la Unión Europea ha decidido, por fin, aceptar la equivalencia entre su normativa y la legislación británica.
La transmisión de información entre Reino Unido y la Unión Europea es algo bastante habitual porque el ex socio europeo sigue manteniendo fuertes lazos con el resto de Estados europeos. De ahí la necesidad de contar con un adecuado nivel de seguridad en la protección de datos. Sin duda, la decisión de Bruselas favorecerá a los ciudadanos y a las empresas europeas.