La digitalización de la enseñanza y sus problemas de protección de datos

La digitalización de la enseñanza se estaba implantando en muchos centros que comenzaban a ofrecer clases a distancia. No obstante, con la llegada de la pandemia, se ha convertido en una realidad a la que todos nos hemos tenido que adaptar rápidamente. ¿Qué problemas de protección de datos puede plantear? ¿Cuál es la postura de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)? Te lo explicamos.

Principales problemas de protección de datos que plantean las clases online

Cuando comenzaron a impartirse clases virtuales durante el estado de alarma y, a posteriori, a causa de la reducción de aforo en las clases muchos profesores se negaron a hacerlo en base a sus derechos de imagen. Muchos alumnos también se negaron a poner la webcam durante clases y exámenes. Mientras tanto, a otras personas lo que les preocupa es el bullying virtual.

1. Negativa a impartir clases virtualmente

La AEPD ha emitido un comunicado en el que recuerda a los profesores que deben continuar garantizando la enseñanza a sus alumnos no solo en base a su contrato, sino también a la propia Ley Orgánica de Educación. La enseñanza telemática en estos momentos de crisis sanitaria se realiza en base al interés público, por lo que está legitimada. En definitiva, los docentes no pueden negarse a ello.

2. La webcam durante los exámenes y las clases

Por otro lado, respecto a la obligación de activar la webcam durante los exámenes en los casos de evaluación a distancia, la AEPD ha argumentado su legalidad en base a un triple juicio de proporcionalidad. En primer lugar, debes tener en cuenta que con la situación que nos acontece, no existe otra medida menos intrusiva. Además, es idónea de acuerdo con la necesidad de verificar tu identidad.

A su vez, se señala que la obligación de someterse a vigilancia mediante control de imagen es equilibrada en la medida en que existe un interés general, que es que tengamos una acreditación suficiente en nuestra evaluación, así como en base a la igualdad de oportunidades. Este interés general está por encima de otros derechos individuales.

digitalización de la enseñanza

3. La violencia digital

La violencia digital, no obstante, comienza a crecer con el incremento de la utilización de los medios virtuales. El bullying que estaba presente en los institutos y en los colegios y que ya era un problema de gran envergadura ha cesado, pero ha comenzado a crecer el acoso digital, especialmente en los rangos de edad de 16 a 24 años. Esta es una preocupación que sí ha expresado la AEPD en sus informes recientes.

La postura de la AEPD

En definitiva, la AEPD ha realizado en sus últimos informes una ponderación entre la necesidad de garantizar la salud pública en momentos de crisis sanitarias y los límites del derecho a la protección de datos del artículo 18 de la Constitución en tiempos de pandemia. Sin embargo, aunque señala la preeminencia del interés público, recuerda que se deben tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la información personal de los ciudadanos.

Alumnos y profesores deberán estar informados de forma previa, así como sus familias, en cuanto a las medidas de grabación que van a utilizarse. Se les informará tanto por vías institucionales como en el momento efectivo en que se realice cada grabación. Además, los medios que se utilicen deberán ser suficientemente seguros y lo menos invasivos posible, además de analizar los riesgos existentes desde el diseño y por defecto.

Por último, debemos tener siempre presente que tendrán prioridad los medios de vigilancia remota sobre las grabaciones, y que las universidades públicas deberán atender al Esquema Nacional de Seguridad a la hora de instaurar sus medidas de seguridad. Así, de nuevo, se garantizaría la protección de datos en todos los niveles de la enseñanza.

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