En Gesprodat somos conscientes de que los motivos para borrar tu huella o rastro digital pueden ser muy variados. Ahora bien, ¿sabes si tienes derecho a ello? Con la normativa europea en la mano, por regla general, una vez transcurrido el tiempo, tu derecho a la privacidad y a la intimidad son prioritarios. Para ello, dispones de mecanismos para que una información determinada no te perjudique. A continuación, te explicaremos qué es el derecho al olvido, así como los instrumentos necesarios para hacerlo valer.
¿Qué es el derecho al olvido?
El derecho al olvido o de supresión es un concepto jurídico que se refiere al derecho que tienes a solicitar la eliminación de tus datos personales de Internet bajo determinadas circunstancias. Su creación surge a raíz de la preocupación creciente por la privacidad y al hecho de que tus datos puedan permanecer accesibles indefinidamente.
Por consiguiente, se basa en el principio de que deben ser las personas las que ostenten el control sobre sus propios datos personales. Como consecuencia, están en disposición de solicitar que se elimine su información de Google si consideran que les daña o perjudica.
En la Unión Europea, el derecho al olvido está reconocido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esto permite a la ciudadanía solicitar a los motores de búsqueda que eliminen los resultados que contengan datos personales sobre ella.
¿Es posible exigir a Google que borre nuestros datos?
Sí, aunque suele ser más efectivo y rápido dirigirse a la web que publica los datos. Sin embargo, algunas páginas están alojadas en países extranjeros o son webs oficiales de las que no es posible borrar sus datos. En estas situaciones, es conveniente que te dirijas a los buscadores. Los más importantes han habilitado un formulario para realizar estas solicitudes.
En el caso de Google, te advierten de que pueden rechazar tu solicitud. Argumentan que buscan un equilibrio entre tu derecho a la privacidad y el derecho a la información. De hecho, especifican que no retirarán tus datos si se refieren a estafas, condenas penales, negligencia profesional o comportamiento impropio de los funcionarios públicos.
Sin embargo, esa política ha hecho que la Audiencia de Barcelona le haya condenado a pagar una indemnización de 10 000 euros a un afectado. Esta persona les demandó por hacer caso omiso a su petición y a las reiteradas demandas de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en la misma dirección. Exponía que le habían causado daños morales y una intromisión al honor.
Por tanto, si no te contestan o la repuesta que te dan no es la que tú quieres, dirígete a la AEPD. Este organismo debe determinar si la estima o no. De no hacerlo, aún te queda la vía judicial.
Ten en cuenta que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto. Así, el alto tribunal indica que, si no eres una persona pública ni los hechos tienen interés histórico, el tiempo convierte un derecho a la información lícito en uno ilícito.
Si recapitulamos toda la información, considera que tienes todo el derecho a borrar tu rastro digital de Internet. Actualmente, cuentas con procedimientos habilitados por los motores de búsqueda y el apoyo de la AEPD. En última instancia, siempre puedes recurrir a los tribunales para hacer valer tu derecho a la privacidad y al honor.