Hace no demasiados años, el Derecho y las nuevas tecnologías podían parecer disciplinas independientes entre sí. No obstante, el avance, a pasos agigantados, de las Tecnologías de la Información y Comunicación; el desarrollo de sistemas de gestión de datos (Big Data) en las grandes y no tan grandes empresas; el constante uso de datos personales en la mayoría de aplicaciones que se utiliza diariamente; e, incluso, la aparición de otras leyes, como la LSSICE, han dado lugar a un crecimiento cada vez mayor y más urgente de la necesidad de regular la protección de datos.
Pero establecer una normativa estándar de protección de datos no es algo tan sencillo como parece. No basta con poner en marcha una nueva ley que solucione todos los problemas, pues cada aplicación, empresa o sector cuenta con una serie de particularidades que no puede ser recogidas por completo en ninguna normativa.
El nuevo Reglamento de Protección de Datos Reglamento General de Protección de Datos (REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 , entre su contenido, el llamado código de conducta. Los códigos de conducta son unas partes esenciales en la responsabilidad activa de las empresas. Explicado de otro modo: son los sistemas que previenen las posibles infracciones a la hora de tratar los datos.
Este Reglamento no afecta, de momento, a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), ya que, aunque fue aprobado en 2016, no será aplicable hasta 2018.
Como objetivo principal, el Reglamento europeo de Protección de Datos pretende que los códigos de conducta sirvan para que aquellos que son responsables del uso y de la protección de los datos que poseen demuestren el cumplimiento de los requisitos para dicha protección. Teniendo presentes todas las características de cada sector.
Pero ¿qué son, exactamente, los códigos de conducta?
Los códigos de conducta: su aplicación en la vida real
Entendiendo que cada organización debe tener la capacidad de regularse a sí misma y teniendo esto en cuenta, los códigos de conducta (códigos tipo) responden a la autorregulación de una empresa en el sentido de la adopción de una serie de normas deontológicas para el correcto manejo de los datos personales. Todo ello encaminado al cumplimiento de la LOPD.
Según el Reglamento, debe incluirse una serie de requisitos sobre ciertos puntos que deberán aplicarse a nivel europeo Se habla de transparencia en el tratamiento de datos, intereses legítimos de los responsables, recogida de datos personales, seudoanonimización de estos, información ofrecida al público, derechos de los afectados, información y protección de los menores, etc.
A modo de conclusión, los códigos de conducta recogidos en esta última normativa sirven para aplicar correctamente el reglamento establecido, teniendo en cuenta las características particulares de cada sector o empresa. Además, sirven para la demostración del cumplimiento de la norma aplicable en cada momento (como ahora rige la LOPD y lo hará, a partir de 2018, el nuevo Reglamento General de Protección de Datos).
Es cierto que se trata de un tema de difícil comprensión. Se recomienda a los interesados y afectados por esta nueva normativa que acudan a una consultoría de protección de datos, si desean una información más detallada sobre el tema.