¿Sabías que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ido ampliando los servicios que ofrece para facilitar el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos? Ahora, el canal INFORMA_RGPD pasa a llamarse CANAL_DPD. Como quizá sepas, de esta manera, la autoridad de control rediseña un canal de ayuda que ya ofrecía de cara a la resolución de consultas que realicen los delegados de protección de datos (DPD o DPO).
Funciones del Canal_DPD de la AEPD
La función primordial del nuevo canal_DPD de la AEPD es, como siempre, facilitar el cumplimiento de las disposiciones tanto del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) como de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías de Derechos Digitales. En esta ocasión, el servicio va dirigido específicamente a los DPO, figuras esenciales en la legislación y nombradas en más de 63 000 entidades diferentes, según los datos con los que cuenta la AEPD. El Canal INFORMA_RGPD que ha sido rediseñado, tenía ya más de 7000 consultas resueltas.
Las consultas que se atenderán serán tanto las planteadas por DPO del sector público como del sector privado, y tenga su nombramiento carácter o no obligatorio. Los DPO podrán realizar las consultas que les surjan al desempeñar sus funciones del artículo 39 del RGPD, lo que, en una empresa, se traduce, básicamente, en la adaptación de la normativa al sector concreto y al asesoramiento de los empleados. No obstante, al igual que la AEPD incluye una aceptación generalizada de todo tipo de consultas que puedan plantear los DPO, también excluye de este canal algunos aspectos específicos.
¿Qué tipo de consultas no serán atendidas en el canal_DPD?
La AEPD ha informado de que habrá cierto tipo de consultas que no se atiendan desde este canal. Entre ellas, no se responderán las solicitudes de acceso a la información pública ni tampoco aquellas que ya hayan sido presentadas mediante la vía del Canal del Ciudadano. Igualmente, no responderá a los casos que los DPO planteen de manera hipotética ni tampoco a cuestiones que ya han sido resueltas y explicadas con anterioridad, siempre y cuando puedas acceder a ellas en los materiales que la AEPD publica en su página web.
Con esa última aclaración, la AEPD no te responderá a las consultas que estén resuelta en sus guías, en sus preguntas frecuentes, así como en todas aquellas herramientas que publique y que hayan sido creadas para una mayor facilidad a la hora de aplicar y cumplir con el RGPD. Igualmente, tampoco se trata de un canal en el que puedas plantear preguntas que estén relacionadas con un procedimiento en curso por parte de la autoridad de control, ni que pueda validar documentos creados por responsables de protección de datos.
¿Cómo responderá la AEPD si planteas una consulta?
Cuando se plantee una consulta por el nuevo canal_DPD, de acuerdo con la propia autoridad de control, se atenderá a la misma en base a la optimización de recursos y atendiendo a razones de eficiencia. Además, se tendrá en cuenta el contenido de la consulta en sí y la futura repercusión que pudiera tener.
En definitiva, la AEPD está rediseñando sus canales de ayuda al usuario y, en esta ocasión, surge la nueva herramienta del Canal_DPD. Desde él, te responderán las consultas que te surjan como DPO en el ejercicio de tus funciones, sean de índole pública o privada y teniendo en cuenta la normativa, la repercusión de la respuesta y los medios con los que cuenta la propia AEPD. Igualmente, en la publicación del canal_DPD, se excluyen consultas concretas que no podrán ser resueltas por la autoridad de control.