La protección de datos es un tema que cada vez preocupa más tanto a nivel empresarial como administrativo e incluso particular. Ahora somos mucho más conscientes de lo importante que es que nuestros datos estén debidamente protegidos cuando se los cedemos a terceros. Sin embargo, hay situaciones que pueden generar ciertas dudas, como las relacionadas con las notas escolares.
¿Puedes acceder a las notas de tus hijos mayores de edad sin su consentimiento?
Cuando los niños son pequeños cada trimestre reciben las notas en el colegio y deben devolverlas firmadas para acreditar que los padres o tutores las han visto. En los últimos años se vienen usando también los medios digitales para informar a los padres sobre los avances formativos de sus hijos.
Pero el hecho de que los niños crezcan no quiere decir que sus padres dejen de preocuparse por sus notas. Los mayores de edad pueden estar haciendo bachillerato o una formación profesional o estar en la universidad, pero es entendible que los padres quieran estar al tanto de cómo les van los estudios y si de verdad están aprovechando el tiempo.
Es en esta situación cuando surge el conflicto. Si tus hijos ya son mayores de edad son plenamente responsables de sus actos y, por tanto, no tienen que darte cuentas de lo que hacen o dejan de hacer con su formación. A pesar de ello, lo normal es que dentro de la comunicación normal entre padres e hijos se hable sobre los estudios y sobre si se van superando o no las asignaturas.
Los casos de hijos adultos que no quieren que sus padres estén enterados sobre sus notas son los menos, pero existen. ¿Qué puedes hacer si este es tu caso? ¿Resulta de aplicación la Ley de Protección de Datos?
¿Cuál es la postura de la Agencia Española de Protección de Datos?
Este tema ha llegado a conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a la que le han llegado diversas consultas relacionadas con un posible acceso de los padres a las notas y el expediente académico de hijos mayores de edad que están cursando estudios universitarios.
El tema de la protección de datos preocupa a muchos niveles; una buena prueba de ello es que el RGPD ha implicado cambios en los centros de salud y en numerosas entidades públicas y privadas, entre las que se encuentran las universidades. No obstante, la AEPD ha destacado que, aunque la protección de datos sea muy importante, hay otros intereses que pueden estar por encima de ella.
Según este organismo, si tu hijo o hija es mayor de edad y quieres conocer sus notas escolares o su expediente académico, puedes tener acceso si hay por tu parte un interés legítimo. Se entiende que existe dicho interés cuando tus hijos dependan económicamente de ti o estén percibiendo por tu parte una pensión de alimentos.
Si los estudiantes mayores de edad no tienen sus propios recursos económicos se sobreentiende que sus padres están sufragando sus estudios, de ahí que la propia AEPD reconozca el derecho de los progenitores a informarse sobre si sus hijos están sacando partido a esa inversión que se ha hecho en su formación.
En caso de que no exista esa dependencia económica, los padres no podrán acceder al expediente académico de los hijos que sean mayores de edad, puesto que en una situación de este tipo prima la protección de datos personales.
¿Conoces algún caso relacionado con la protección de datos?
Si no conoces, te informamos de dos casos especiales. Tratándose de mayores de edad que hayan desaparecido, se podrá apreciar interés legítimo en los padres y habilitarles para acceder al expediente académico si se entiende que esos datos pueden ser relevantes para la investigación. Bajo la misma justificación, también se permitirá el acceso de los padres a otros datos personales de sus hijos.
Los datos relacionados con el historial clínico de una persona son especialmente importantes y por eso deben permanecer bien protegidos. Sin embargo, hay casos en los que si existe un problema de salud diagnosticado se entenderá que existe interés legítimo en los progenitores y se les puede dar acceso a los datos.
¿El acceso a los datos personales de los hijos es inmediato?
La AEPD ha sido muy exhaustiva a la hora de aplicar la normativa sobre protección de datos e incluso ha elaborado un decálogo de protección de datos para el personal sanitario y administrativo. Esto implica que, si vas a pedir datos personales relacionados con un mayor de edad, aunque este sea tu hijo, lo más normal es que, en principio, no te den la información que desees.
Si existe interés legítimo que te habilite para poder acceder a las notas escolares de tus hijos o a otros datos personales que les afecten, seguramente al final podrás tener conocimiento de los mismos. Pero siempre será necesario que tu caso concreto sea analizado antes de darte o no acceso a la información.