El Derecho y las nuevas tecnologías requieren instituciones que pongan en común sus avances y resuelvan las controversias que puedan surgir. En este sentido, han destacado la aplicación en España de leyes como la LOPD y LSSICE.
A nivel europeo, hay que destacar un asunto relacionado con la consultoría de protección de datos. Se trata del procedimiento desarrollado, entre 2012 y 2013, contra Google por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que derivó en una sanción por importe de 900.000 euros (debida a la comisión de tres infracciones graves).
Además, esta llamada de atención ha tenido resultados positivos, puesto que la empresa norteamericana ha sido capaz de poner remedio a los problemas denunciados por la AEPD (básicamente, relacionados con el consentimiento, la información a los usuarios y el ejercicio de sus derechos) y se ha comprometido a informar, periódicamente, de las modificaciones que establezca en su política de privacidad de datos.
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Por otro lado, vale la pena conocer qué medidas ha adoptado Google a requerimiento de la AEPD:
– Habilitación de opciones de privacidad e información personal para los usuarios.
– Recordatorios online en materia de configuración de la privacidad.
– Posibilidad de desactivar servicios que implicaban la transmisión de datos personales y que, antes, eran obligatorios.
– Supresión de la limitación de cuentas al usuario.
– Inclusión de formularios de solicitud de acceso a datos (desde la política de privacidad) y para ejercer el derecho al olvido y herramientas de consulta de los historiales de actividad.
Estos avances, por último, han sido puestos en conocimiento del plenario del Grupo de Autoridades Europeas de Protección de Datos (GT29).
En definitiva, estas políticas forman parte de una homologación de los protocolos de protección de datos en el ámbito comunitario. Un proceso en el que, como es obvio, salen ganando los ciudadanos y las instituciones.