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Inspección de la nube del sector educativo

Derecho y nuevas tecnologías se combinan en las actuaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). En este aspecto, destaca la publicación de las conclusiones del informe sectorial sobre el cumplimiento de la LOPD en la computación en la nube (cloud computing) del sector educativo. Son asuntos que se relacionan con los que trata una consultoría de protección de datos, como la adaptación a la LSSICE por parte de un e-commerce.

Esta inspección tiene un carácter innovador, en el marco europeo, y se ha llevado a cabo con fines preventivos, en lugar de sancionadores. No en vano, las soluciones en la nube (privada, pública o híbrida) son relativamente recientes e implican el alojamiento de datos de distinta procedencia en un espacio de Internet, del cual es responsable un tercero.

A grandes rasgos, se justifica por el gran volumen de datos sensibles que se manejan en el ámbito educativo, la pluralidad de los actores intervinientes y la tipología diversa de los datos (desde usos administrativos hasta información, por ejemplo, psicopedagógica o médica).

No cabe duda de que la citada tecnología supone un beneficio para los procesos de aprendizaje, pero es necesaria una evaluación para que las mejorías lleven implícitas la protección de los datos. En este sentido, las inspecciones han conllevado visitas a colegios, proveedores de software y servicios en la nube, editoriales y Proyecto Punto Neutro del Instituto de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF).

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Por otro lado, las recomendaciones de subsanación se han centrado en los siguientes temas:

Difusión y publicidad de imágenes de los alumnos.

Datos manejados por las editoriales.

Supervisión de contenidos por parte de los profesores.

-Datos en las apps móviles.

-Uso de otros servicios de almacenamiento en la nube.

-Contratos con garantías.

-Conocimiento de la ubicación de los datos.

Responsabilidades en materia de seguridad.

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