Son muchos los empresarios y los trabajadores que tienen dudas sobre los GPS de vehículos de empresa. Por un lado, los datos obtenidos pueden delatar el incumplimiento por parte de un empleado y, por otro, este siente que se vulneran sus derechos. ¿Quién tiene razón? En Gesprodat, te proporcionamos la información que necesitas al respecto.
Datos de geolocalización y GPS de vehículos de empresa: ¿sirven para despedir?
Depende de cada caso concreto, así como del cumplimiento de ciertos requisitos. Para empezar, el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores permite a los empresarios la adopción de medidas para vigilar y controlar al empleado. Sin embargo, has de tener en cuenta que introduce un importante matiz, ya que lo circunscribe al ámbito estrictamente laboral. Por tanto, despidos y GPS no son, en principio, incompatibles.
Además, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sería perfectamente legal siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- El trabajador está informado de que tiene un GPS en su vehículo de empresa.
- Está expresamente prohibido que el empleado use el coche fuera del ámbito laboral.
- El dispositivo solo puede recoger información sobre el movimiento y la localización del vehículo.
Por su parte, el Tribunal Constitucional formula las siguientes consideraciones:
- La instalación de estos dispositivos ha de cumplir con los requisitos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. Su finalidad ha de ser estrictamente laboral y estar justificada.
- La organización debe estudiar otras fórmulas menos intrusivas.
- La empresa ha de informar al trabajador de manera expresa, inequívoca y precisa. Para ello, tiene que presentar un escrito sobre su colocación y las consecuencias de no aceptarlo.
¿Cuándo es ilegal emplearlo?
En nuestro ordenamiento jurídico, la ubicación de la persona se considera un dato de carácter personal. Por tanto, es fundamental no incurrir en acciones ilegales como las siguientes:
- Recopilar datos en sistemas de geolocalización fuera del horario laboral. Lo ideal es que el empleado pueda desconectarlo cuando acabe su jornada de trabajo. La excepción es que tenga prohibido utilizar el vehículo fuera de ese contexto.
- Usar esos datos para fines distintos al laboral.
- No informar al trabajador de la existencia del GPS.
Un ejemplo real de despido procedente
El 27 de julio de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estimó como procedente un despido disciplinario a un comercial. La empresa lo justificó porque, según los datos de su GPS, no había realizado las visitas estipuladas a sus clientes.
Los hechos ocurrieron a lo largo del mes de abril de 2022. Previamente, el 18 de marzo de 2022, el gerente le había remitido al comercial un correo electrónico. En él, se le informaba con detalle de la próxima instalación del GPS en los vehículos de la empresa para estricto uso profesional, así como otros pormenores fundamentales de su interés.
Además de mencionar el cumplimiento de los requisitos, también señala el tribunal que el sistema de geolocalización no vulnera la intimidad personal. Por tanto, considera que es un medio de vigilancia y control proporcionado y adecuado. En consecuencia, califica los incumplimientos contractuales llevados a cabo por el comercial como muy graves y ratifica la procedencia de su despido.
En definitiva, el GPS de los vehículos de empresa pueden constituir una prueba válida para despidos. Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que para eso hay que cumplir una serie de condiciones. La ausencia de cualquiera de ellos podría ser suficiente para declarar el despido como improcedente.