902 92 99 26
La protección de datos es un derecho también en el trabajo

Vida laboral y protección de datos: cronología de la privacidad

Durante tu recorrido profesional, posiblemente, formarás parte de distintas entidades y empresas. Los modos de trabajar, las funciones y el entorno cambiarán, pero algo que permanece es tu derecho a la privacidad. En esta ocasión, desde Gesprodat pretendemos mostrarte una realidad inquebrantable, la relación entre vida laboral y protección de datos.

Vida laboral y protección de datos, una exigencia permanente

La incorporación de un empleado a la plantilla del negocio ha de estar acompañada por un reconocimiento pleno a su integridad. Como resultado, la compañía se convierte en responsable del tratamiento de su información personal y respeta lo estipulado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales.

Una consecuencia importante de lo anterior es que la entidad adquiere la obligación de mostrar responsabilidad proactiva. ¿Qué significa esto? Que está obligada a prevenir cualquier acción que comprometa la privacidad en el trabajo. Las medidas deben ser restrictivas, es decir, tienen que delimitar el tratamiento por parte de la organización.

También ha de respetar el principio de «licitud, lealtad y transparencia». Con esta base, se pretende que la información se almacene y procese siempre garantizando la rendición de cuentas a sus titulares. Igualmente, debe hacerse exclusivamente con fines justificados y evitando conflictos de intereses.

¿Cómo se aplica todo lo anterior al tratamiento de datos personales en la corporación? El respeto a los derechos del trabajador es una realidad que tiene que estar presente durante toda la relación laboral:

  • Selección de personal: Hay que salvaguardar la integridad en los perfiles de cada candidato. Por ejemplo, conviene adoptar un espacio seguro para los currículums.
  • Firma del contrato. Es fundamental exponer de manera detallada dónde, cómo y para qué se va a almacenar la información personal del empleado.
  • Etapa de formación. Resulta imprescindible enseñar al trabajador, pero sin que se menoscabe su privacidad. Una de las prácticas a evitar es la exposición de sus nociones básicas.
  • Relación laboral continuada. La permanencia del trabajador en la compañía requiere garantizar el principio de seguridad mediante técnicas de protección para salvaguardar la información del empleado.
  • Extinción del contrato. Llegado este punto, el negocio debe conservar la documentación durante cuatro años. Únicamente podrá mantener los certificados de alta o baja a la Seguridad Social, así como nóminas o contratos.

La formación en privacidad en el trabajo, una cuestión esencial

En una materia tan importante como esta, los empresarios necesitan actualizarse constantemente. Solo así evitarán el impacto que las sanciones puedan tener en el negocio. Incluso si no formas parte de la directiva, precisas estar al día sobre cómo la compañía debe conocer y respetar cuestiones tan esenciales como las que hemos abordado.

En los últimos años, hemos podido comprobar cómo la situación ha cambiado. Con la implantación del teletrabajo, los empleados han dejado de conocer ciertos derechos. Por ello, conviene que se formen para que sean capaces de comprender cómo ha de actuar la entidad para salvaguardar su privacidad.

Como ves, la vida laboral y la protección de datos son dos cuestiones que conviene reconocer. La clave es evitar sanciones en la corporación por incumplir la normativa y nunca vulnerar la integridad del trabajador. Recuerda que, con el avance de la transición digital, esta realidad cobra todavía mayor importancia.

Share: