blanqueo de capitales

Desvelamos todas las claves de la Sexta Directiva de Blanqueo de Capitales

Ante la necesidad de unificar el criterio sobre el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo entre los países miembros de la Unión Europea, se ha creado la AML6. Cuando hables con una consultora de prevención, podrás también encontrarla bajo el nombre de Sexta Directiva o Directiva 2018/1673 de la Unión Europea, y su objetivo es crear un marco legal en el que se establecen unas sanciones penales mínimas y se homogeneizan los criterios jurídicos.

La sexta directiva de blanqueo de capitales

El primer paso para crear la directiva europea y que el blanqueo de dinero sea perseguido del mismo modo en todos los países miembros, es la definición de qué constituye exactamente el delito y cómo se debe perseguir.

Aunque siempre es recomendable acudir a profesionales para asesorarse, para saber si estás ante una situación de este tipo, puedes utilizar estos tres puntos con los que el texto lo define:

– Se considera lavado de capitales cuando se convierten o trasmiten de manera consciente bienes que provienen de actividades delictivas para ocultar su origen ilícito.

– También se está blanqueando dinero si se esconde o encubre la verdadera naturaleza del capital que proviene de prácticas ilegales, así como su origen, movimientos, derechos u obligaciones.

– Cuando adquieres, posees o utilizas este tipo de bienes y eres consciente de su naturaleza en el momento de recibirlos, también estás cometiendo el mismo delito.

Una vez definido este concepto, otro de los grandes desafíos de esta directiva sobre el blanqueo de dinero y su legislación es el de asignar responsabilidad penal a las personas jurídicas.

Para saber las consecuencias que tendría que asumir tu empresa por realizar estas prácticas, se establece un régimen sancionador común. En caso de ser declarado culpable:

– Tu negocio estaría inhabilitado para conseguir financiación, ayudas, concesiones o licitaciones de origen público.

– También te enfrentarías a la inhabilitación para prácticas mercantiles. La duración puede ser temporal o permanente, según la gravedad del delito.

– Los locales donde se hubiese cometido el delito podrán cerrarse de forma temporal o permanente. De nuevo, la duración de esta sanción dependerá del tipo de falta que se haya cometido.

blanqueo de capitales, Sexta Directiva

Implantación y desarrollo

Amparándose en el Artículo 5 del Tratado de la Unión, en el que se reconoce el principio de subsidiaridad, se amplían las medidas para fomentar la cooperación entre los países miembros. Entre ellas, se incluyen recomendaciones que garanticen la aplicación de la ley y la persecución de estos delitos.

Como los delitos que dan lugar al capital ilícito se pueden cometer en una jurisdicción distinta a la del blanqueo, se facilitan procedimientos para el intercambio de información que facilite el enjuiciamiento en ambos países.

Además, todos los miembros involucrados tendrán la obligación de trabajar juntos para centralizar todos los procedimientos dentro de una sola jurisdicción. Para prevenir la confusión sobre dónde y cómo hacerlo, la propia directiva establece un sistema de regulación.

Cambios más significativos con respecto a la anterior

A diferencia de la legislación anterior, la nueva directiva establece como delitos un catálogo de métodos para blanquear dinero. También es importante que le otorga a las empresas la responsabilidad jurídica de prevenir este tipo de actuaciones y hace hincapié en los procesos de identificación online de alta seguridad.

Por último, el cambio más significativo es la creación de un criterio único que facilite la cooperación y persecución de estos delitos en todo el territorio de la Unión Europea.

Esta directiva europea contra el blanqueo de capitales ha conseguido unificar los criterios y crear un clima de cooperación entre países. Como puedes ver, con esto consiguen crear un escenario en el que la persecución de este tipo de delitos será más eficiente.

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