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Aplicaciones sobre el coronavirus y protección de datos

La actual crisis sanitaria que estamos viviendo está haciendo que se desarrollen numerosas aplicaciones que, de algún modo, permitan normalizar un poco más nuestra vida diaria. Sin embargo, algunas de ellas implica que se traten datos personales, muchas veces incluso de carácter sensible, como ocurre con los de salud.

Iniciativas de control de la epidemia y protección de datos

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) nos recuerda que la situación en la que nos encontramos no puede implicar suspender tu derecho fundamental a la protección de datos. Sin embargo, también es importante destacar que para frenar esta epidemia, la protección de datos no puede limitar la eficacia de las medidas necesarias basadas en un bien común.

El interés público y los intereses vitales

El interés público de las personas y tus intereses vitales son los principales criterios que deben ir por delante. Por ello, la AEPD está colaborando con las autoridades competentes de modo que los datos personales puedan utilizarse de forma lícita para frenar esta epidemia. Las iniciativas tienen un alcance muy alto y se promueven a través de aplicaciones o páginas webs.

La finalidad limitada

La solicitud de datos personales relacionados con tu salud debe tener una única finalidad: ayudar al control del coronavirus. Es decir, debe servir para que puedas hacer una autoevaluación sobre tu estado de salud o para conseguir información sobre las áreas que tengan más o menos riesgos. Por tanto, los datos deben ser necesarios y proporcionados, tal y como puedes deducir del RGPD.

Límite de edad

Solo podrán aportar datos de salud quienes tengan más de catorce años. En caso contrario deberán aportar una autorización los tutores o representantes legales.

aplicaciones coronavirus

Tratamiento de datos

En el caso del tratamiento de datos, solo estarán legitimados el Ministerio y las Consejerías de Sanidad, ya que son las autoridades competentes públicas. Estas podrán ceder tus datos entre sí y a los profesionales sanitarios, pero con la finalidad de tratarte o de controlar la pandemia. Las entidades privadas solo podrán actuar conforme al mandato de las públicas, pues aquellas no tienen legitimidad por sí misma. Así, es recomendable que te informes bien de quién te solicita los datos y las garantías que te ofrece en el tratamiento de estos.

La geolocalización en el móvil

Existe una previsión de que si das positivo en Covid-19 puedas ser, a través de tu móvil, geolocalizado, para que de este modo las autoridades competentes puedan seguir tu cuarentena. Las autoridades sanitarias, en esta situación tan excepcional, tienen mayor libertad a la hora de gestionar las medidas de la crisis sanitaria para evitar que el virus se propague, controlando a las personas contagiadas.

No obstante, como hemos dicho, el tratamiento debe tener una finalidad concreta y ser limitado, por lo que los operadores de telecomunicación no deberán tener acceso a estos datos. Solo podrán conocer el número de teléfono móvil al que se le va a activar la geolocalización, a menos que el Ministerio de Sanidad establezca que se les debe aportar algún dato más.

La información de los ciudadanos

Como dueño de tus propios datos personales, la información sobre los datos que se recogen y sobre el tratamiento de los mismos deberá ser accesible, clara y que esté al alcance de la comprensión de todos los ciudadanos, es decir, que no sea técnica.

En definitiva, la situación excepcional hace que haya medidas que, en ocasiones, podrían vulnerar el derecho a la protección de datos si no se ofrecen las garantías adecuadas. Por ello, la AEPD está colaborando con las autoridades sanitarias competentes y, ante todo, se establece el principio de proporcionalidad y la limitación del tratamiento de tus datos.

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