Todos nos escandalizamos ante vídeos virales degradantes para sus protagonistas, vídeos muy mediáticos a menudo grabados sin el consentimiento de las víctimas. Hablamos de vídeos donde se aprecian claramente agresiones o abusos, sexuales, físicos o verbales, muchas veces contra personas o colectivos vulnerables. Vídeos donde se viola la protección de datos de quienes aparecen en ellos y que por suerte podemos denunciar al canal prioritario, la nueva herramienta de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
¿Qué es el Canal Prioritario?
Es una herramienta de la AEPD para atender los casos de acoso a partir de la difusión de vídeos o fotografías ilícitos. Nuestra imagen es un dato personal, y todo tipo de difusión, ya sea en vídeos o fotos, debe hacerse con nuestro consentimiento. Sin embargo, cada vez son más comunes los casos de acoso, bullying, cyberbullying o sexting que afectan a personas de cualquier edad. El objetivo de esta herramienta es actuar rápidamente en estos casos y tratar de atajar rápidamente la difusión de estos contenidos.
Cuándo recurrir al Canal Prioritario de la AEPD
El objetivo es canalizar a través de esta vía la atención a situaciones excepcionalmente delicadas, es decir casos donde nuestros derechos y libertados están en un elevado riesgo. Hablamos de fotos y vídeos de carácter sexual o agresiones. También hay que tener en cuenta la identidad de la víctima, en especial si estamos ante colectivo vulnerables como menores o víctimas de violencia de género. Solo en estos casos extremos podemos recurrir a esta herramienta, ya que nuestra actividad en redes está al margen de la protección de datos.
Conviene destacar que esta herramienta solo está disponible para situaciones de excepcional gravedad. Si eres víctima de acoso o conoces casos, puedes recurrir a otros canales de la AEPD además de utilizar las herramientas que ponen a nuestra disposición Google, Instagram, Facebook, YouTube, Twitter y otras redes sociales para hacer frente a situaciones de acoso. En este canal tampoco podemos denunciar la difusión de contenidos en Whatsapp, Telegram o e-mail, aunque la Agencia Española de Protección de Datos tiene otras herramientas para ello.
Funcionamiento
Podemos acceder a esta herramienta a través de la sede electrónica si no conseguimos que cese la difusión de contenidos por los medios pensados para ello. En la sede electrónica, tenemos que describir detalladamente cómo se ha difundido el vídeo. Es muy importante que indiquemos si el afectado es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual, acoso, es menor (en especial si tiene menos de 14 años), tiene alguna discapacidad o sufre riesgo de exclusión social. Si podemos, tenemos que adjuntar los enlaces necesarios con vídeos o fotos o el perfil del acosador, además de las posibles denuncias que hayas puesto u otra documentación que consideres oportuna.
El Canal Prioritario de la AEPD se presenta como la herramienta ideal para hacer frente a cualquier caso de acoso que puedas sufrir o conocer. Ante la difusión de cualquier contenido sensible, puedes informar a través de este canal siempre que cumpla con los requisitos que hemos visto.