El blanqueo de capitales es un riesgo que tu empresa debe prevenir y evitar en cualquier situación, lo cual puedes lograr mediante un modelo de compliance adecuado.
Por blanqueo de capitales entendemos aquella conducta consistente en incorporar dinero que se obtiene ilícitamente (usualmente denominado dinero negro) al tráfico económico ordinario, dándole apariencia de legalidad.
¿Por qué controlar el riesgo de blanqueo de capitales?
La causa primordial por la que tu entidad debe controlar el riesgo de blanqueo de capitales obedece a la posibilidad de que la sociedad sea condenada como responsable penal según el artículo 31 bis del Código Penal.
Es preciso tener presente que la normativa aplicable, es decir, la Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales, no exige que tu organización esté actuando con una conducta ilícita, sino que es suficiente con que se obre imprudentemente, en el sentido de no adoptar la diligencia debida para su evitación.
¿Cómo detectarlo?
Cada empresa debe ser analizada individualmente, dado que los indicadores variarán dependiendo de la propia organización y su cometido. Baste citar, por ejemplo, que no te enfrentarás a los mismos riesgos si representas a una entidad bancaria o un fondo de inversión que si te dedicas a la venta al por menor.
No obstante, veamos algunos de los factores que deben ser objeto de estudio para detectar la posible comisión del delito.
Las operaciones o actos comerciales
Los negocios realizados con el cliente o proveedor, entre otros sujetos, debes adecuarlos a su propio objeto y a los usos habituales desarrollados por otras organizaciones o entidades con similares características que pertenezcan al mismo segmento o grupo. Asimismo, deberás observar si dispones de los medios necesarios para hacer frente a las obligaciones asumidas.
Podría resultar sospechoso, por ejemplo, que un cliente, aparentemente sin solvencia, se negase a identificar la proveniencia de los fondos con los que te abonará los servicios y, tras intentar obtener esa información, finalizase inmediatamente la relación comercial.
El perfil de los sujetos con los que interactúas
Dado que la Ley 10/2010 centra su interés en determinados individuos o entidades (personas con responsabilidad pública, como las denomina esa norma), será preciso que realices un seguimiento directo de las operaciones o actos realizados con estos sujetos.
En especial, es preciso acreditar siempre, mediante la oportuna documentación, la identidad del titular real con el que se relaciona tu entidad, pues en muchas ocasiones te hallarás ante un supuesto de sociedad interpuesta tras la cual estén aquellas personas que son las que realmente adoptan las decisiones.
La situación geográfica
Será preciso que extremes las precauciones en aquellos casos en los que efectúes transacciones cuyo origen o destino sea un paraíso fiscal.
Compliance y ética empresarial
La medición de determinados índices previamente establecidos en la gestión de compliance implantada en la entidad te permitirá cuantificar el riesgo asociado al perfil de tu empresa y también respecto a los grupos con los que esta se relaciona, con la finalidad de erradicarlo o, al menos, mitigarlo.
Adicionalmente a los objetivos que directamente afectan al status de la sociedad, la prevención del blanqueo de capitales constituye un hito estratégico y de compromiso ético con el conjunto de la comunidad, pues permite cooperar en la disminución de los índices delictivos en los diversos países, mejorando la convivencia pacífica.
Después de todo lo dicho, podemos concluir que gracias a la adecuada implantación de un modelo compliance en tu empresa, no solo podrás lograr prevenir todo riesgo relacionado con la comisión de un delito de blanqueo de capitales, sino que también podrás demostrar, ante cualquier organismo u órgano jurisdiccional, que has actuado con la diligencia debida para evitarlo.