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La prensa digital es la que más incumple la protección de datos

El Reglamento General de Protección de Datos personales de las personas físicas (RGPD) ha cumplido ya un año. Tras este período de tiempo, se ha podido analizar cómo la prensa digital constituye uno de los medios donde más se incumple la normativa. 

La protección de datos en la prensa digital

El análisis del cumplimiento de la protección de datos se ha llevado a cabo a lo largo del año de manera aplicada a distintos sectores. El ámbito de los medios digitales es el que más ha incumplido el nuevo reglamento general. A continuación se realizará un completo estudio del por qué y en qué aspectos.

Las webs de las prensas digitales

Dentro de las páginas webs que se visitan con mayor frecuencia en España, los enlaces que llevan a medios de las prensas digitales son las que más porcentaje de visitas acumulan. Los medios digitales acumulan un 26 % de todo el sector. En contraposición, se encuentra el 10 % que ocupan los buscadores de Internet y los sitios online de ventas a distancias, los cuales ocupan la segunda posición en empate.

En la actualidad, la mayor parte de la población lee la prensa por Internet, lo cual se extiende a otros sectores incluidos dentro de los medios digitales como son la tecnología, la televisión, el entretenimiento o la banca y las finanzas, así como las noticias que saca la propia Administración.

Ninguno de los mencionados ámbitos, con la salvedad de la Administración pública se ha conseguido adaptar a los importantes requisitos del RGPD. No obstante, en los periódicos digitales es donde más frecuentemente se encuentran graves incumplimientos.

En definitiva, a pesar de que en el mundo de la red el incumplimiento del RGPD es una realidad que se ha generalizado, lo cierto es que la prensa y los periódicos digitales son las que menos se han conseguido adaptar. Esto es un factor importante si se tiene en cuenta que dentro de las 100 más visitadas de España, la prensa por Internet ocupa nada menos que un 26 %.

¿Qué es lo que no se cumple?

Si se toman como base las propias directrices del reglamento europeo de protección de datos, hay varios puntos que se pueden analizar con respecto al incumplimiento por parte de los medios digitales.

1. La información sobre el responsable del tratamiento

El primer incumplimiento de las directrices del RGPD que se da en el ámbito de la información digital es el grado en el cual, las páginas webs de las prensas digitales, aportan información a los usuarios sobre cuál es la entidad que se constituye en responsable de tratamiento de los datos que se recogen.

Del mismo modo, se omite información sobre la finalidad para la cual se recaban los datos de los usuarios y cuáles, así como dónde, van a ser estos almacenados. De acuerdo tanto con el RGPD como con las posteriores directrices que ha dado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), toda la información que se ha mencionado debe aparecer siempre en primer plano, sin necesidad de que los usuarios de Internet tengan que buscarla.

2. La posibilidad de que el usuario rechace el almacenamiento de cookies

El segundo aspecto en el que se incumple frecuentemente el RGPD, de acuerdo con un estudio de PrivacyCloud, es en la posibilidad de que el usuario rechace el almacenamiento de sus datos de navegación. Lo cierto es que la posibilidad de dicho rechazo debe ser igual a la que se exige para su aceptación.

Esto último quiere decir que las opciones que se ponen a disposición de los usuarios sobre la aceptación o el rechazo de que los datos de navegación queden registrados en una página web, deben aparecer de manera similar para que al usuario le sea facilitado su ejercicio de voluntad. Este aspecto es uno de los que más se incumplen, pues se da en el 99 % de las páginas web de los medios digitales.

3. La alteración de los fines de la recabación de datos personales

Un último punto muy importante sobre el que también se dan bastantes incumplimientos es en la alteración de los fines para los cuales se recaban los datos del usuario por parte de los responsables del tratamiento de los mismos.

En los casos en los que la recopilación de información personal de los usuarios se van a utilizar para diferentes finalidades, no basta con recoger un consentimiento general. En sentido contrario, cada objetivo debe estar especificado de forma adecuada y además, deberá obtenerse el consentimiento de manera expresa, y sin casillas premarcadas para recogerlo, para cada fin por separado.

En conclusión, los estudios anuales sobre la prensa digital enfocada al cumplimiento del RGPD cifran un alto porcentaje de webs que ostentan una política abusiva de privacidad. Estas son el 83 %, lo cual implica que de cada 100, solo 14 se adecúan a los parámetros del reglamento.

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