El desarrollo de las herramientas de informática ha llevado parejo un aumento de la delincuencia en este ámbito. El acoso en las redes sociales se ha convertido en un gran problema que deben afrontar niños, adolescentes y mayores. En este artículo se dan las claves acerca de cómo actuar ante estas situaciones y cómo la protección de datos resulta fundamental.
¿Qué hacer ante situaciones de acoso en las redes sociales?
Antes de nada, es importante distinguir el acoso de otras actitudes que, incluso delictivas, no entran en esta tipología. Este es un aspecto que conviene aclarar para que no haya dificultades a la hora de delimitar cuestiones y dirigirse a quien corresponda en cada momento.
En primer lugar, hay que recordar que para que se dé un acoso las conductas molestas tienen que ser continuas y modificar el estado de ánimo de la persona con ánimo de «denigrar e injuriar». Una molestia puntual no se consideraría un acoso, aunque puede ser sancionable. Los insultos puntuales pueden tener una reprobación legal, pero no tienen por qué estar incluidos en la tipología de acoso.
Por otra parte, el consejo que se da cuando hay una situación de acoso es denunciar ante las autoridades o ante la central de la red social. Por ejemplo, Facebook cuenta con un «botón del pánico» para los casos de acoso. Si esto no funciona, quizás haya que dirigirse al proveedor del servicio para notificarle el malestar y solicitar que se tomen medidas. Finalmente, si lo anterior no funciona, nos queda el recurso de la denuncia policial como medio para que la situación no vaya a más.
Tener en cuenta estos aspectos es decisivo para tomar las medidas oportunas. De hecho, marcará la diferencia. Por ese motivo, es igualmente conveniente conocer los distintos tipos de acoso en las redes sociales que existen.
Tipos de acoso en las redes sociales
Los tipos de acoso en redes sociales se clasifican en: ciberacoso, ciberacoso sexual y ciberbullying. En función del caso, la finalidad del acoso va a ser una u otra, de ahí que sea bueno distinguir cada situación con criterio para tomar las medidas oportunas.
El ciberacoso se refiere a las actitudes de hostigamiento de un adulto hacia otro. El principal aspecto que hay que destacar es que no hay una finalidad libidinosa y, como principio general, el objetivo es denigrar al otro. Esta es una de las situaciones más desagradables que se dan y las pueden sufrir personas públicas o anónimas. Por ejemplo, es habitual que alguien se dirija a otra persona en términos irrespetuosos, de forma recurrente y sin ningún tipo de coherencia horaria. El límite entre un pesado y el acoso reside, precisamente, en que no se desea hablar con esta persona.
El ciberacoso sexual tiene como finalidad la consecución de favores sexuales de otra persona. Aunque este tipo de situación se puede dar en adultos, por desgracia es más común que se origine con adolescentes, e incluso en niños, el denominado grooming o engaño pederasta. Este tipo de delincuentes se intentan ganar la confianza de la persona, le piden fotografías y, cuando las tienen, chantajean a la víctima con la amenaza de difundirlas si esta no se pliega a sus deseos.
Así mismo, hay que indicar que el ciberbullyng es una conducta de hostigamiento en la red entre adolescentes que puede producirse en grupo o de una persona a otra. Esta es la manera de trasladar lo que sucedía en los institutos a la privacidad de los ordenadores. Si para un adulto este tipo de situación es molesta, para un adolescente puede resultar un auténtico infierno, de ahí que sea conveniente cortar de raíz estas actitudes.
¿Cómo denunciar el acoso en las redes sociales?
En este punto resulta necesario recordar que el acoso está considerado un delito tipificado en el Código Penal y, de hecho, el acosador se expone a penas de entre 3 y 24 meses y a la correspondiente multa. En el caso de que el acoso se dé con aquellas personas que estén en una situación de especial vulnerabilidad, se impondrán las penas de prisión en su grado superior.
Para saber cómo denunciar acoso en las redes sociales es bueno plantearse varias cuestiones. La primera, que en cualquier momento es posible dirigirse a la Policía para cursar la denuncia penal online. Hay varias posibilidades que posibilitan formular la denuncia en poco tiempo para minimizar los daños, cuestión especialmente sensible cuando se habla de menores.
La segunda opción es gestionar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para que incoe un expediente sancionador. Cabe recordar que, con la aprobación del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) se han endurecido las sanciones hasta alcanzar los 20 millones de euros. A su vez, también se han reforzado los derechos del usuario con sus datos personales y fotografías, indicando el de cancelación, oposición y al olvido.
Otra posibilidad es solicitar el bloqueo en la correspondiente red social, utilizando esta posibilidad en Facebook o también el denominado «botón del pánico». Siempre existe la posibilidad de reportar comportamientos inadecuados en cualquier tipo de contexto. Esta es una buena idea para el acoso entre mayores de edad, aunque quizás sea una medida insuficiente para los más pequeños de la casa.
También es importante señalar que, en el caso de los menores de edad, se puede realizar una supervisión de contenidos para comprobar que la persona no está teniendo problemas graves. Por supuesto, el objetivo es aportar un apoyo para que los hijos no se sientan solos o con vergüenza.
Conviene atender a estas posibilidades para realizar la denuncia cuando sea necesario. Es imprescindible evitar que este tipo de comportamientos vayan a más y se acaben cronificando con las consecuentes complicaciones.
Conclusión
Es conveniente conocer los distintos tipos de acoso en las redes para poder prevenirlos y dirigirse cuanto antes al responsable de los datos o a la Policía. La ventaja es que una consultoría especializada como Gesprodat puede proporcionar toda la información para aplicar buenas prácticas en este ámbito de actividad. Afortunadamente, hoy es posible evitar el acoso en las redes sociales.