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Sanciones del Reglamento Europeo de Protección de Datos

En mayo de 2018 entrará en vigor en España el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. Servirá como complemento y objeto de modificación de algunos aspectos comprendidos en la normativa de protección de datos. Su objetivo es homogeneizar las prácticas con los datos personales que hacen las empresas de sus clientes y sus trabajadores, con el fin de que exista una norma común en la Unión Europea.

Este Reglamento trae consigo nuevos estamentos al respecto de las sanciones por el mal uso de los datos. Por ello, en este post, se va a hablar de las modificaciones en las sanciones y las nuevas que se implantarán a partir del año venidero.

Las sanciones en el Reglamento Europeo de Protección de Datos

En general, las sanciones han aumentado la cuantía para pagar por parte de las corporaciones que incurran en negligencia en el tratamiento de los datos personales. Estas sanciones podrán alcanzar la suma de hasta 20 millones de euros o, en su defecto, el pago del 4 % de las ventas anuales de la empresa en concreto.

¿Por qué se puede sancionar a una empresa?

Las cuestiones que comprende el nuevo Reglamento son bastante amplias. En primer lugar, la cesión de datos a terceros sin el consentimiento de quienes aportaron dichos datos será motivo de sanción. También podrán verse afectadas las empresas que utilicen los datos con una finalidad que no ha sido contemplada en el contrato de cesión firmada y aquellas que no notifiquen y solucionen los problemas de seguridad en la custodia de la información personal.

Otro aspecto penado por el Reglamento será el de la recolección de datos de terceros sin tener autorización para ello y, en suma, ahora se tendrán muy en cuenta nuevos derechos como el derecho al olvido, a la portabilidad o al cambio de operador.

Acudir a una consultoría de protección de datos

Todas las novedades en materia de sanciones por infracción de lo dispuesto en esta normativa pueden ser muy complejas, por lo que acudir a una consultoría de protección de datos puede ser una buena opción para aquellas empresas que tengan dudas. Esto puede evitarles ser sancionados con multas millonarias.

Tipos de sanciones

Las sanciones económicas pueden ser, o bien de diez millones de euros o el equivalente al 2 % de la facturación anual total de la corporación, o bien de veinte millones de euros o el equivalente al 4 % de la facturación anual de la empresa.

Por otro lado, se encuentran sanciones operativas que pueden limitar las acciones de las empresas a la hora de recoger datos. Según el Reglamento, en caso de infringir sus estatutos, el órgano regulador podrá prohibir a la compañía en cuestión hacer transferencias internacionales de sus datos. Esto puede limitar en gran medida el desarrollo de la actividad normal de una empresa.

También será posible prohibir por completo la recolecta y uso de datos a una corporación. Esto, en muchos casos, puede suponer el cese de una empresa.

Así pues, dada la importancia de las sanciones, lo ideal es que las empresas comiencen a adaptar su actividad al nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos para evitar multas o limitaciones en su actividad.

 

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