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Consultoría de protección de datos: colaboración del CGPJ y AEPD

Recientemente, en la consultoría de protección de datos se ha conocido que comenzará a haber una colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). 

Estos dos organismos tienen potestad para tratar los casos en los que no se cumpla la LOPD o la LSSICE. No obstante, según la naturaleza de la infracción será el CGPJ o la AEPD el organismo que lleve a cabo la investigación acerca del incumplimiento.

Colaboración en la inspección de órganos judiciales

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y la directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España, han llevado a cabo un convenio en el que estipulan las tareas en las que tendrán que trabajar conjuntamente. Una de las más destacadas en las que colaborarán estas dos instituciones será en la inspección de órganos judiciales.

Hasta hoy en día, el Consejo General del Poder Judicial se ha encargado de la investigación y tramitación de aquellos casos en los que se haya incumplido la LOPD con una finalidad jurisdiccional. Y que, por tanto, se han llevado a cabo en un fichero jurídico.

Mientras que la Agencia Española de Protección de Datos, por su parte, se ha encargado de los casos en los que los datos no son jurisdiccionales. De esta forma, la labor de la AEPD estaba más enfocada a los asuntos que atañen al Derecho de las Nuevas Tecnologías.

¿En qué consistirá la colaboración?

A partir de ahora, cuando se produzca una posible infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, si el campo de acción corresponde al CGPJ, estos recurrirán a la AEPD. Esto se llevará a cabo con la finalidad de que el CGPJ pueda obtener el asesoramiento técnico necesario a la hora de llevar a cabo la investigación.

No obstante, no implica que la AEPD vaya a tener ningún tipo de competencia o potestad en los casos del Consejo.

Por otro lado, de igual manera actuará la AEPD. Cuando esta quiera investigar a cualquier órgano judicial, los inspectores de la agencia lo harán acompañados de los inspectores del Consejo, con lo que se fomenta la cooperación y la suma a la lucha en pro del respeto de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

Además de esto, en el Convenio también se recogen otros campos de colaboración. Uno de ellos es la creación conjunta de Códigos de buenas prácticas para los Usuarios de los Sistemas de Información de la Administración de Justicia. Estos códigos facilitarán el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos.

Por último, este Convenio recoge la colaboración de ambos organismos para fomentar la formación acerca de la normativa tanto española como de la Unión Europea acerca de la protección de datos. Han hecho hincapié en el Reglamento General (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Directiva de la Unión Europea. Dicho Reglamento se centra en el tratamiento de datos de personas físicas en el ámbito policial y judicial.

Así pues, en pro del cumplimiento de las leyes, estos dos organismos de control españoles comenzarán a colaborar para mejorar la protección de datos en nuestro país.

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