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El Derecho a las Nuevas Tecnologías en Europa

Estados Unidos y la Unión Europea afirman tomarse muy en serio la política de protección de datos y el Derecho a las Nuevas Tecnologías. El pasado 13 de noviembre de 2014, Facebook, una de las redes sociales por excelencia, anunció una profunda revisión en su política de privacidad, sus términos de uso y su política de cookies.

Con todo, este anuncio llevó a las Autoridades de Protección de Datos de España, Francia, Holanda, Hamburgo y Bélgica a crear un Grupo de Contacto europeo que ejerciera como una consultoría de protección de datos, además de órgano sancionador. El objetivo no era otro que salvaguardar la calidad de la información facilitada a los usuarios, asegurarse de que el usuario había dado su consentimiento y no se utilizaban sus datos de forma inadecuada. Así, se inició una investigación donde Francia, Bélgica y Holanda publicaron sus resultados.

El Comité Restringido de la CNIL decidió imponer una sanción de hasta 150 000 euros a la empresa Facebook. El organismo francés aseguró que la red social estaba infringiendo la normativa relativa a la política de cookies debido a una desinformación respecto a los usuarios. La CNIL consideró que se estaban utilizando los datos privados de los usuarios para mostrar sistemáticamente aquella publicidad específica que más le pudiera interesar. En la misma línea, la Comisión de Privacidad de Bélgica, a raíz de los cambios realizados en la empresa de Mark Zuckerberg, emitió unas recomendaciones a Facebook. El organismo belga considera ilegal seguir los datos de los usuarios a través de cookies y plugins sociales. En concreto, se están vulnerando los derechos al consentimiento, transparencia, proporcionalidad y tratamiento justo de los datos de los usuarios.

En Holanda se va más allá. La Autoridad Holandesa de Protección de Datos considera que Facebook viola la legislación de los Países Bajos. Después de investigar el tratamiento de datos personales de hasta 9,6 millones de usuarios de Facebook, el organismo holandés no ofrece información suficiente sobre el uso que da a los datos personales de los usuarios. La Autoridad de Hamburgo, por su parte, se centró en el uso de seudónimos y en combinar datos de Whatsapp sin consentimiento previo del usuario.

En España, la Agencia Española de Protección de Datos vela por el cumplimiento de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal), que se centra en el tratamiento de los datos de cada persona y todo lo relacionado con los derechos fundamentales y las libertades públicas. También incluye en su estudio la LSSICE, más dirigida al correo electrónico y todo lo relativo a la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. En esta línea, ha abierto dos procedimientos de infracción a Facebook tras las investigaciones previas realizadas.

Uno de los principios teóricos de la Unión Europea es salvaguardar la privacidad de sus ciudadanos, a la vez que garantizar sus derechos fundamentales y sus libertades públicas. La Declaración Común del Grupo de Contacto Europeo y su actuación en el caso de Facebook pretenden caminar en esta dirección.

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