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8. MENORES EN EL REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

La Agencia Española de Protección de Datos en la Guía del RGPD para Responsables de Tratamiento ha hecho referencia a la protección de los datos de carácter personal de los menores debido a las especialidades que se deben adoptar para garantizar sus derechos.

El nuevo Reglamento trata de reforzar a nivel europeo la protección de los datos de carácter personal de los menores de edad. El RGPD advierte de la necesidad de garantizar una protección específica de los datos personales de los menores porque éstos pueden ser menos conscientes de los riesgos, consecuencias, garantías y derechos relativos al tratamiento de sus datos.

Los pilares básicos sobre los que se fundamenta esta exigencia de protección específica son: el deber de informar y la obtención del consentimiento. Por una parte, el deber de informar se configura como la obligación de los responsables en facilitar la información relativa al tratamiento en un lenguaje claro y sencillo que sea fácil de entender. Por otra parte, establece la edad mínima de 16 años para prestar consentimiento válido. Los Estados miembros podrán fijar una edad mínima inferior a 16 siempre y cuando no sea inferior a 13 años.

En nuevo Reglamento de desarrollo de la LOPD fija la edad de 14 años a partir de la cual el consentimiento prestado por menores es válido en materia de protección de datos de carácter personal, por lo tanto, habrá que esperar a la modificación de nuestra normativa interna para saber si, finalmente, optaremos por continuar con el límite de edad de 14 años.

El RGPD exige “esfuerzos razonables” a los responsables en verificar que los interesados cuentan con la edad suficiente para prestar su consentimiento o, de lo contrario, comprobar y estar en condiciones de acreditar que los menores de la edad legalmente fijada para estos casos han sido autorizados por sus padres, madres o tutores para que sus datos personales sean tratados.

En la actualidad muchos menores tienen presencia en las redes sociales y, ni si quiera muchos adultos, son conscientes del alcance que sus datos personales están teniendo en la red. La normativa europea no quiere aceptar la realidad de estos jóvenes en un futuro al ver sus datos diseminados y trata de concienciar, así como la Agencia ha puesto de manifiesto en diversas publicaciones, la necesidad de educar en materia de protección de datos. Además, es necesario no limitarse a un problema educativo, pues es responsabilidad de las organizaciones que realizan tratamientos con estos datos. Por esta razón se recomienda, tanto a organizaciones como a particulares, contar con la ayuda de una consultoría de protección de datos, que será capaz de mantenernos al día de la nueva normativa en relación con nuestros derechos y obligaciones.

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