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Fotos y vídeos en Internet y derecho de las nuevas tecnologías

Uno de los principales problemas a los que se enfrenta el derecho de las nuevas tecnologías, y que pretenden solucionar leyes como la LOPD y la LSSICE, es la eliminación de fotos y vídeos que los usuarios hayan colgado previamente en Internet. El asesoramiento de los profesionales de una consultoría de protección de datos es esencial para que cualquier persona pueda llevar a cabo este proceso de manera efectiva.

¿Cómo solicitar la eliminación de fotos o vídeos de Internet?

Las imágenes de cualquier persona, sea cual sea su formato, son datos personales. Hay que tener en cuenta esta consideración cuando se pretende difundir imágenes en foto o en vídeo por Internet, especialmente en las redes sociales.

El auge de plataformas como Facebook o Instagram ha hecho que muchas personas vean sus fotos en grupo en la Red, sin que ellos hayan dado su consentimiento explícito para ello. Éste es uno de los problemas que se plantean más habitualmente ante la Agencia Española de Protección de Datos, ya que muchas personas desean que sean eliminadas de la red sus imágenes.

¿Qué dice la ley?

La LOPD reconoce el  derecho a  que una persona pueda eliminar sus datos personales de la Red en cuanto lo solicite, siempre que los considere excesivos o inadecuados. La Agencia Española de Protección de Datos será la que vigilará que se cumpla el derecho de cancelación después de que la persona afectada haya solicitado que intervenga para conseguir que el proceso se desarrolle de manera adecuada.

¿Cuándo y cómo solicitar el derecho de cancelación de fotos e imágenes?

Los afectados por la publicación de una imagen en Internet, o sus padres o tutores si es menor de edad, son quienes pueden solicitar que se eliminen sus fotos o vídeos de la Red. Además de contactar con las personas que difunden las imágenes, es recomendable que se contacte con quien las publicó para tener todas las garantías de que se van a cancelar.  Por supuesto, es necesario que el afectado demuestre su identidad.

Una vez se haya solicitado formalmente la eliminación de las imágenes, la empresa que las difunde tiene un plazo de 10 días para cancelarlas. Si esto no se produce de manera adecuada en el término de tiempo establecido, es el momento en que los usuarios pueden reclamar que la Agencia actúe tutora para garantizar de la reclamación que se va a interponer ante la entidad correspondiente, pero nunca antes. La AEPD solo podrá actuar si antes se ha ejercido el derecho a la cancelación correspondiente por parte del usuario.

La eliminación en redes sociales

Cancelar una imagen en las redes sociales es aún más complicado, porque cada plataforma dispone de su propio mecanismo de mantenimiento de la privacidad de sus usuarios. En el caso de Facebook, la red permite solicitar un servicio de asesoramiento. Además, en los casos más graves permite denunciar una publicación con solo clicar un enlace. Instagram, por su parte, cuenta con una página concreta para la formulación de estas denuncias y de cualquier tratamiento abusivo.

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