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El acoso comercial y el Derecho de las Nuevas Tecnologias

El Derecho de las Nuevas Tecnologías y sus principales leyes, la LSSICE y LOPD, no solamente tienen como ámbitos de actuación la protección de la información personal de los usuarios de servicios offline y online. Cualquier consultoría de protección de datos también tiene que hacer frente a numerosas quejas de personas que reciben llamadas comerciales que llegan a ser consideradas, por su intensidad, como un acoso.

Llamadas que contradicen el Derecho de las Nuevas Tecnologias

Realmente, las llamadas comerciales se han convertido en un constante acoso para muchas personas, que ven cómo reciben diariamente varias de estas comunicaciones por parte de operadores que ofrecen sus servicios constantemente, pese a que no se les haya solicitado ninguna información.

Estas llamadas comerciales despiertan muchas dudas acerca de su legalidad, empezando por conocer el origen de los datos personales de los usuarios conseguidos por las compañías para poder hacer estas llamadas.

Se considera spam telefónico cuando las empresas contactan con sus posibles usuarios mediante llamadas por teléfono fijo o móvil, sin que estos hayan dado su autorización para ello. Pese a ello, hay que decir que solo se exige consentimiento previo en el caso de las comunicaciones por vía electrónica, como ocurre en el caso de los mails. Por lo tanto, las llamadas comerciales solo se pueden considerar ilegales cuando el abonado no haya expresado de manera clara su voluntad de no recibirlas o haya decidido no aparecer en la guía telefónica.

Imagen: cdn3.computerhoy.com

Según la consultoría de protección de datos

Para luchar contra la recepción de llamadas comerciales indiscriminadas, el usuario debe tener en cuenta que la Ley de Consumo prohíbe este tipo de llamadas entre las 21 de la noche y 9 de la mañana, así como durante los fines de semana y festivos.

Igualmente, es importante tener en cuenta que la mayoría de usuarios puede haber dado el consentimiento implícito al uso de sus datos al pedir información de algún servicio o producto.

Los recursos del Derecho de las Nuevas Tecnologías

Evitar recibir llamadas comerciales no deseadas es posible, si se tienen en cuenta algunos recursos que cualquier usuario tiene a su alcance.

La LOPD especifica la necesidad de que el usuario dé su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales y esto incluye el número de teléfono.

Asimismo, hay que tener en cuenta que no contestar al teléfono cuando se ve en la pantalla un número comercial no es la manera adecuada de evitar que se sigan produciendo este tipo de llamadas. Es preferible expresar al operador que no se desea seguir recibiendo este tipo de comunicaciones.

Si el usuario sigue recibiendo llamadas comerciales, pese a haber expresado su disconformidad a ello, siempre tiene la opción de denunciar a la compañía ante la Agencia Española de Protección de Datos y Oficina de Atención al Consumidor más cercana. Estas acciones pueden acabar representando una sanción económica para la empresa que realiza las llamadas.


Fuentes: Tecnologia.elderecho.com, Ayudaleyprotecciondedatos.es

Imagen: Pixabay.com

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