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El cumplimiento de la LOPD en un e-commerce

Derecho y nuevas tecnologías son dos conceptos que toda empresa moderna debe abordar, actualmente, en términos de adaptación. De hecho, resulta habitual recurrir a una consultoría de protección de datos para no fallar en una cuestión fundamental: la adaptación de la página web de un e-commerce a la LOPD y LSSICE.

Efectivamente, vender productos y servicios por Internet se ha convertido en la ventaja característica de los e-commerces, puesto que ahorra costes, fideliza clientes, incrementa el alcance y la disponibilidad y recopila información del cliente.

Por lo tanto, hay que preparar una página web que cumpla, en primer lugar, las condiciones de la LOPD. Básicamente, en lo que concierne a la notificación de los ficheros en propiedad (mediante la cumplimentación del sistema NOTA), obtención del consentimiento de datos de terceros (indicado en la web) y protección de los datos (en un alojamiento que cumpla los requisitos legales).

La recogida de datos personales, por otro lado, deberá estar convenientemente avisada, mediante un checkbox en el que se solicite la aceptación de la política de privacidad, caracterizada por la información acerca de responsables e identificarlos, la utilización de datos y sus cesiones, los derechos ARCO, terceras empresas…

[Tweet «Redactar los textos de la web conforme a las normas constituye una obligación capital.»]

Por su parte, el cumplimiento de la LSSICE implica informar del uso de las cookies y permitir su desactivación, entre otras cosas. Asimismo, debe hacerse constar un texto con los términos y condiciones de venta de la tienda online.

Con relación a documentos como el último citado, surgen problemas a la hora de proceder a redactarlos. Se ha constatado un mal hábito, en este aspecto, relacionado con copiar textos de otras empresas. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la LOPD exige la explicitación de datos y procedimientos concretos de la empresa en cuestión.

Incurrir en incorrecciones, en este sentido, puede propiciar multas cuantiosas y complicaciones relativas a la colaboración con entidades bancarias.

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