safe harbor-gesprodat

Derecho de las nuevas tecnologías y Safe Harbor

El Departamento de Comercio de Estados Unidos y la CE acordaron con la con la Decisión 2000/520/CE de la Comisión de 26 de julio de 2000, una serie de normativas que buscan permitir a las empresas ubicadas en EEUU cumplir con los requisitos necesarios para ofrecer la protección necesaria (determinada por ley: LOPD, en España) a la información de carácter personal que es transferida desde la UE hacia los EEUU. 

Este tratado ha adquirido la denominación Safe Harbor y busca asemejar la protección ofrecida por otras normas, como LOPD en España o la Directiva 95/46/CE europea. Resultado de adaptar el Derecho a las nuevas tecnologías, Safe Harbor nace con la intención de permitir la libre transferencia internacional de datos entre los distintos operadores del mercado.

[Tweet «El Safe Harbor nace con la intención de permitir la libre transferencia internacional de datos.»]

EEUU indica que este acuerdo se basa en siete principios fundamentales, los cuales se refieren a:

Notificación (en lo concerniente a la información a posibles afectados)
Opción (capacidad de oposición por los propios afectados)
Transferencia ulterior a terceras empresas
Seguridad
Integridad de datos (en base a los principios de finalidad y proporcionalidad)
Derecho de acceso
Aplicación (proceso por el cual se busca satisfacer los derechos de los afectados)

Con esta medida, se pretende paliar el problema existente hasta ese momento en los EEUU, ya que no existía una normativa reguladora de la protección datos que pudiera aplicarse en todo el país y abarcara los diversos sectores de actividad. El acuerdo con la UE va a permitir, por tanto, mejorar a este país en su capacidad para proteger los datos e información personal de forma adecuada.

Se trata de un paso importante hacia una regulación que ofrezca seguridad real a las personas en materia de protección de sus propios datos personales, para evitar casos como “Europe vs Facebook”, en los que resulta invadida la privacidad de ciudadanos europeos.

Imagen

Share: