902 92 99 26

Las infracciones por incumplir la protección de datos

protección de datosActualmente, en España, tanto empresas como particulares están obligados a cumplir con los preceptos de la protección de datos. Resulta, por tanto, oportuno cumplir con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, LSSICE y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, LOPD.

En este sentido, las empresas que se dedican a labores de consultoría y auditoría están realizando asesoramientos ya que el incumplimiento de la protección de los datos contenidos en ficheros y soportes diversos tiene consecuencias sobre la reputación de los infractores.

Las empresas recurren a consultorías especializadas para realizar auditorías

Además, también existen una serie de sanciones de tipo económico para penalizar los quebrantamientos de la LOPD y de la LSSICE. Por lo que respecta a estas sanciones, su gravedad dependerá de los derechos que se vulneren, el volumen de datos afectados, el beneficio conseguido, el grado de intencionalidad, la reincidencia o los daños y perjuicios causados a los interesados.

En la LOPD, las sanciones por infracciones leves oscilan entre 900 a 40.000 euros. Por su parte, las infracciones graves, con sanciones desde 40.001 a 300.000 euros, se asocian, por ejemplo, a la desatención de las solicitudes de cancelación y rectificación, el incumplimiento del deber de secreto y las omisiones ante la información requerida por la AEPD también forman parte de esta tipología de infracciones. Además constituyen infracciones graves las obstrucciones a la Administración o planteadas ante las solicitudes de información a las que tengan derecho los interesados.

Por último, las infracciones muy graves tienen multas que varían, desde 300.001 a 600.000 euros; y se trataría de acciones como quebrantar la protección de datos recogiéndolos sin las debidas garantías. En definitiva, infracciones que no deben ignorarse, puesto que su desconocimiento no exime de las consecuencias negativas que implican.

Share: