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¿Cómo interpretar la Protección de datos personales sobre fines comerciales?

¿Cómo interpretar la Protección de datos personales sobre fines comerciales? - GesprodatEl Estado moderno y la era de las telecomunicaciones han traído consigo un nuevo marco normativo. La velocidad de transmisión de información que favorece Internet no siempre se realiza atendiendo al principio de privacidad personal, sobre todo cuando se trata de divulgar imágenes personales para promocionar negocios, ya sea desde tiendas online o desde comercios tradicionales.

Por ello, la protección de datos de carácter personal debe tener un encaje y adecuación a la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información de España). Asimismo, el dominio y conocimiento profundos de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) es obligado para este menester.

 

Esta deja muy claro que no; no se puede publicar imágenes de terceras personas para fines comerciales, salvo habiendo recibido «consentimiento inequívoco» (art. 6.1 LOPD) del o los individuos fotografiados o grabados. Además, dichos sujetos habrían tenido que ser informados perfectamente sobre a qué actividades o fines se destinarán sus imágenes. De lo contrario, cualquier persona que se observe en un catálogo, póster o fotografía de tienda online podría alegar ante tribunales que sus derechos han sido vulnerados.

Así se interpreta claramente tras analizar los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica de Protección de Datos que, por otro lado, indica que «el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal tiene también un carácter revocable» (art. 11.3 LOPD).

La elaboración de un catálogo de producto offline o la construcción de una plataforma de venta en internet exigen la revisión constante de los supuestos legales que afectan a la protección de datos. Una auditoría de imágenes basada en la adaptación de la LOPD, llevada a cabo por un servicio eficiente de consultoría, ayuda a dejar el negocio en orden, o sea, a no dejar flecos legales sueltos por los que la Administración de Justicia pudiera sancionar gravemente desde a pequeñas como a grandes corporaciones.

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