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Banners publicitarios y contratos: régimen legal y LOPD

El ámbito de la publicidad es uno de los más polémicos dentro del comercio electrónico. Hasta qué punto exige la ley al proveedor comunicar sus campañas publicitarias, cómo se debe articular la protección de datos en las mismas y cómo exige la LOPD diferenciar entre oferta y contrato son aspectos en nada baladíes que deben tenerse perfectamente en claros por parte de los usuarios.

El principal punto de fricción se sitúa en los llamados banners publicitarios. Pero, ¿son realmente publicitarios o realizan una oferta contractual? Es decir, ¿estos banner buscan informar al potencial consumidor de un producto concreto o pueden servir para establecer un contrato jurídicamente válido?  La LSSICE regula a la perfección de forma extensa y concreta estos aspectos en relación a potenciales consumidores y ofertantes españoles, pero el problema surge en un ámbito como el de internet, donde realmente no existen fronteras.

En los últimos tiempos se ha trasladado la sensación de que en la red todo vale en materia publicitaria, por lo que en ocasiones los banners, vehículos que deberían ser meramente publicitarios, van un paso más allá. La Agencia Española de Protección de Datos, situada en Madrid, alertaba sobre esto en dos situaciones diferentes. En primer lugar, los banners suelen aparecer vinculados a las anteriores compras o navegaciones del sujeto en cuestión, esto es, orientándose a través de las famosas cookies, por lo que su origen puede no ser válido en algunas ocasiones, al no respetar la protección de datos, tal y como alerta alguna consultoría LOPD.

Pero, aun cuando estos banners tengan un origen legal deben limitarse a publicitar, y si quieren extenderse hasta la posible adquisición del producto esta no puede realizarse automáticamente, sino que debe seguir un procedimiento contractual estándar, con todas las garantías y, especialmente, todas las clausulas necesarias para el cliente. Como siempre, el conocimiento es fundamental en este tipo de situaciones.

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