El organismo oficial ha impuesto dos multas a Canal + cuyo valor total es de 100.000 euros. La protección de los datos personales debe de ser escrupulosa hasta en los momentos en los cuales los mismos se hacen públicos por pertenecer a una persona morosa. Esta valiosa lección es la que ha aprendido por la vía de hecho la empresa PRISA TV, que ha visto cómo era sancionada con sendas multas por no respetar la actual legislación en materia de protección de datos.
El comienzo de esta historia vino cuando Canal +, canal televisivo vinculado a PRISA TV, decidió publicar una lista de morosos que incluía los datos personales de los mismos. Los hechos se remontan hasta agosto del año 2011, cuando el denunciante recibe una notificación de Digital + (cadena que más tarde pasó a conocerse como CANAL +) comunicándole un impago de algo más de 170 euros en una factura que no se correspondía con sus datos, puesto que el afectado ni siquiera era abonado a dicha plataforma televisiva. El usuario solicitó a la compañía la documentación relativa a su caso, algo a lo que la empresa no se plegó, limitándose a solicitar el pago, e incluyéndole en una lista de morosos al no hacerse efectivo el mismo.
Este usuario, tras diversas consultas a abogados y alguna consultoría de protección de datos, decidió interponer una demanda, en relación a que alguien podía haber estado suplantando sus datos personales. Más tarde se puso en contacto con oficinas de protección al consumidor, iniciando el camino que acabaría derivando en la Agencia Española de Protección de Datos.
El final de esta historia resulta negativo para Canal +, que ha visto cómo la Agencia Española de Protección de Datos le ha impuesto dos multas de 50.000 euros cada una. Además, ha animado a todos aquellos usuarios que se encuentren en una situación parecida a que denuncien los hechos. La multa, impecable desde el punto de vista jurídico, no es sino una muestra del cada vez mayor respeto que se tiene sobre estos derechos en el ámbito público.