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¿Cumplen los blogs con la Ley de Protección de Datos?

La proliferación de los blogs es una realidad en internet, cada vez surgen más sitios sobre temáticas de lo más diversas, y aunque muchos no lo crean, estas plataformas también se deben adaptar a la Ley Orgánica de Protección de Datos como cualquier otra web.

Los usuarios muchas veces piensan que por tratarse de una pequeña bitácora personal en la que tratan los temas que les interesan a modo totalmente recreativo se tiene plena libertad para actuar sin tener en cuenta el carácter de la información que se desvela. Las consultoras de protección de datos advierten que este pensamiento generalizado es totalmente erróneo. Está demostrado que en muchos casos los blogs no cumplen con los requisitos legales en cuanto a protección de datos se refiere.

Una de las vulneraciones más comunes se produce cuando en un post aparecen publicados datos de carácter personal como la dirección postal de un sujeto, su matrícula, un número de móvil etc… Son supuestos en los que se están revelando datos personales que sirven para identificar a una persona y que (en la mayoría de los casos) no están publicados en ninguna fuente de acceso público. Otro tipo de información personal que suele ser reflejada en el mundo de los blogs son las que hacen referencia a la ideología religiosa, política, orientación sexual o afiliación sindical entre otros datos. Esta información pertenece a la intimidad del individuo y tan solo él puede hacer uso de esta a su antojo. El bloguero necesita consentimiento expreso y por escrito del titular de esa información. El artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos protege este tipo de información.

Otra de las irregularidades más comunes se da cuando alguien deja un comentario y su dirección de correo electrónico queda reflejada y guardada. Una recomendación de las consultoras de protección de datos es que el bloguero redacte un pequeño aviso legal o política de privacidad antes del botón “Enviar comentario“, donde se explique, entre otras cosas, que la dirección del usuario se guarda simplemente para establecer comunicación electrónica en caso de necesidad legal derivada de su comentario o para el seguimiento de la conversación. Debe quedar claro que no se tiene la intención de realizar ningún proceso de recopilación o asociación de datos. Pasado un tiempo es recomendable hacer limpieza de esos datos en cumplimiento del derecho de información en la recogida de datos personales del artículo 5 de la LOPD.

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