Una sentencia de la Audiencia Nacional de España hace temer que, a partir de ahora, a quienes dirigen webs se les podrá considerar responsables de todo lo que aparezca en ellas; aunque haya sido publicado por usuarios anónimos.
La verdad es que las sanciones por suplantación de identidad en Internet son muy habituales, pero estos delitos contra la protección de datos en la red adquieren un matiz muy distinto a partir de que la Audiencia Nacional haya confirmado que France Telecom debe pagar una sanción económica de 90 mil euros, por un perfil falso publicado por un usuario en una de sus webs.
Aunque para los no expertos en protección de datos en la red, esta sanción puede parecer exagerada, la verdad es que según la ley podría haber llegado a los 600 mil euros. Dentro del sector de la consultoría de protección de datos, se afirma que la novedad importante al respecto es que, hasta ahora, las sanciones recaían en quienes suplantaban la identidad, no en los responsables de las webs donde tenía lugar el delito.
El caso contra France Telecom
Esta sentencia, que establece un antes y un después en la protección de datos en la red, se debe a un caso del año 2009. Un hombre se dio cuenta de que sus datos personales y algunas fotos aparecían en una página web dedicada a los contactos homosexuales. Indignado, solicitó a su responsable (France Telecom), la baja de su perfil y la identificación del suplantador, pero no obtuvo la respuesta que buscaba.
Entonces, decidió pedir ayuda para la identificación a la Agencia Española de Protección de Datos, pero tampoco consiguió resultados positivos sobre su suplantador. De todos modos, este organismo sancionó a los propietarios de la web en virtud de la ley de protección de datos en la red. Ante el recurso presentado por esta sanción, la Audiencia Nacional ha sido ahora quien ha apoyado a la Agencia Española de Protección de Datos, a través de esta sentencia pionera.