RGPD

Reglamento General de Protección de Datos

¿Qué es el RGPD?

Desde 2018 disponemos de dos normativas de obligado cumplimiento en materia de protección de datos personales:

Desde entonces, muchas empresas han necesitado una adaptación que les ha obligado a cambiar todo su funcionamiento. La adecuación al RGPD / LOPDGDD ha ido realizándose de forma progresiva. Además, cada día, con la evolución tecnológica y de la sociedad de la información surgen constantemente nuevos planteamientos que generan dificultades en todos los sectores.

proyecto de adecuación

RGPD / LOPDGDD

La consultoría en el marco del RGPD se basa en un Análisis de Riesgos para la privacidad de los datos de carácter personal, mediante el cual se detectarán los procesos, con sus diferentes niveles de criticidad, sobre los que se deberán tomar las decisiones basadas en el principio de responsabilidad proactiva.

Análisis de información

Elaboración Registro de Actividades de Tratamiento

Elaboración de Análisis de Riesgos para la privacidad

Cláusulas informativas y consentimientos

Políticas y procedimientos

Plan de Implantación

Consultoría, mantenimiento y auditoría

El RGPD requiere disponer de un proceso de verificación, evaluación y valoración del estado de la implantación de la norma, dentro de un proceso de mejora continua.

Las organizaciones modifican sus tratamientos y medidas de seguridad y avanzan en un sistema más acorde con la privacidad, por lo que es necesario adecuar la implantación a su realidad y evolución organizativa.

gestión del riesgo en el tratamiento de datos personales

Auditoría anual

Para la verificación del cumplimiento normativo.

Plan de reuniones

Revisión de la implantación, actualización de documentación y resolución de consultas.

Medidas correctoras

Plan con medidas correctoras o mejoras a implantar en base al resultado de la Auditoría.

El Delegado de Protección de Datos (DPD)

El Delegado de Protección de Datos, deberá ser designado en la organización (puede ser interno o externo) y comunicado a la Agencia Española de Protección de Datos.

artículo 34.1 de la LOPDGDD

Incluye un listado de actividades que necesariamente deben designar un Delegado de Protección de Datos